De sábila o alóe, cuando sea de origen silvestre.
Esquejes sin enraizar e injertos.
Plantas para injertar (barbados), de longitud inferior o igual a 80 cm.
Árboles, arbustos y matas, de frutas o de otros frutos comestibles, incluso injertados.
Árboles o arbustos forestales.
Plantones para injertar (barbados), de longitud inferior o igual a 80 cm.
Plantas con raíces primordiales.
Yemas.
Esquejes con raíz.
Los demás.
Con cáscara.
Con cáscara.
Los demás.
Los demás.
Los demás.
Bambú.
Ratán (roten).
Las demás.
Leña.
De coníferas.
Distinta de la de coníferas.
De coníferas.
Distinta de la de coníferas.
Las demás, de coníferas.
De pino (Pinus spp.), cuya dimensión transversal es igual o superior a 15 cm.
Las demás, de pino (Pinus spp.).
De abeto (Abies spp.) y picea (Picea spp.), cuya dimensión transversal es igual o superior a 15 cm.
Las demás, de abeto (Abies spp.) y picea (Picea spp.).
Las demás, cuya dimensión transversal es igual o superior a 15 cm.
Las demás.
Dark Red Meranti, Light Red Meranti y Meranti Bakau.
White Lauan, White Meranti, White Seraya, Yellow Meranti, Alan, Keruing, Ramin, Kapur, Teak, Jongkong, Merbau, Jelutong y Kempas.
Las demás.
De encina, roble, alcornoque y demás belloteros (Quercus spp.).
De haya (Fagus spp.).
De haya (Fagus spp.), cuya dimensión transversal es igual o superior a 15 cm.
Las demás, de haya (Fagus spp.).
Las demás.
Madera hilada.
De coníferas.
Los demás.
Varitas de bambú aún cuando estén redondeadas.
De fresno, simplemente desbastada o redondeada, para bastones, paraguas, mangos de herramientas y similares.
De haya o de maple, simplemente desbastada o redondeada, para bastones, paraguas, mangos de herramientas y similares.
Madera hilada.
Los demás.
Sin impregnar.
De coníferas.
Distinta de la de coníferas.
Las demás.
De coníferas.
Distinta de la de coníferas.
De ocote o pinabete, o abeto (oyamel) en tablas, tablones o vigas.
En tablas, tablones o vigas, excepto lo comprendido en la fracción 4407.10.01.
Los demás.
De ocote, en tablas, tablones o vigas.
Las demás.
De pinabete o abeto (oyamel), en tablas, tablones o vigas.
Las demás.
Tablillas con ancho que no exceda de 10 cm y longitud inferior o igual a 20 cm, para la fabricación de lápices, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 4407.19.03.
Las demás.
En tablas, tablones o vigas.
De Swietenia macrophylla aserradas, en hojas o desenrolladas.
Mahogany (Swietenia spp.).
Los demás.
En tablas, tablones o vigas.
Virola, Imbuia y Balsa.
Los demás.
Dark Red Meranti, Light Red Meranti y Meranti Bakau.
White Lauan, White Meranti, White Seraya, Yellow Meranti y Alan.
Sapelli.
Iroko.
Keruing, Ramin, Kapur, Teak, Jongkong, Merbau, Jelutong excepto lo comprendido en la fracción 4407.29.02, Kempas, Okumé, Obeche, Sipo, Acajou d' Afrique, Makoré, Tiama, Mansonia, Ilomba, Dibétou, Limba o Azobé.
Las demás.
De encina, roble, alcornoque y demás belloteros (Quercus spp.).
Cuando ninguno de sus lados exceda de 18 cm y longitud igual o superior a 18 cm, sin exceder de 1 m.
De haya (Fagus spp.).
Los demás.
De arce (Acer spp.).
De cerezo (Prunus spp.).
En tablas, tablones o vigas, excepto lo comprendido en la fracción 4407.95.02.
Cuando ninguno de sus lados exceda de 18 cm y longitud igual o superior a 48 cm, sin exceder de 1 m.
De fresno (Fraxinus spp.).
Las demás.
En tablas, tablones o vigas, excepto lo comprendido en la fracción 4407.99.02.
De las especies listadas a continuación: Alnus rubra., Liriodendron tulipifera, Betula spp., Carya spp., Carya illinoensis, Carya pecan, y Juglans spp.
Tablillas de madera de Linden (Tiliaceae o Tilia heterophylla) con ancho que no exceda de 73 mm, y largo que no exceda de 185 mm, para la fabricación de lápices.
Los demás.
De bambú.
Que tengan, por lo menos, una hoja externa de las maderas tropicales siguientes: Dark Red Meranti, Light Red Meranti, White Lauan, Sipo, Limba, Okumé, Obeché, Acajou d'Afrique, Sapelli, Mahogany, Palisandre de Para, Palisandre de Río y Palisandre de Rose.
Las demás.
Que tengan, por lo menos, una hoja externa de madera distinta de la de coníferas.
Las demás.
Las demás, con al menos una hoja externa de madera distinta de la de coníferas de la especie aliso (Alnus spp.), fresno (Fraxinus spp.), haya (Fagus spp.), abedul (Betula spp.), cerezo (Pru
Las demás, con al menos una hoja externa de madera distinta de la de coníferas, excepto lo contenido en la subpartida 4412.33.
De coníferas, denominada "plywood".
Las demás, con ambas hojas exteriores de madera de coníferas.
Las demás.
Que tengan, por lo menos, una hoja de las maderas tropicales siguientes: Abura, Acajou d?Afrique, Afrormosia, Ako, Alan, Andiroba, Aningré, Avodiré, Azobé, Balau, Balsa, Bossé clair, Cativo
Que tengan, por lo menos, una hoja de las maderas tropicales citadas en la Nota de subpartida 1 de este Capítulo.
Que tengan, por lo menos, un tablero de partículas.
Los demás.
Que tengan, por lo menos, una hoja de las maderas tropicales siguientes: Abura, Acajou d?Afrique, Afrormosia, Ako, Alan, Andiroba, Aningré, Avodiré, Azobé, Balau, Balsa, Bossé clair, Cativo
Que tengan, por lo menos, una hoja de las maderas tropicales citadas en la Nota de subpartida 1 de este Capítulo.
Que tengan, por lo menos, un tablero de partículas.
Los demás.
Cajones, cajas, jaulas, tambores y envases similares; carretes para cables.
Paletas, paletas caja y demás plataformas para carga; collarines para paletas.
Las demás.
Ventanas, puertas vidriera, y sus marcos y contramarcos.
Puertas y sus marcos, contramarcos y umbrales.
Los demás.
Los demás.
Las demás.
De bejuco, esparto, mimbre, paja o viruta.
Los demás.
Trenzas y artículos similares, incluso ensamblados en tiras.
Construcciones prefabricadas.
De madera.
De madera; de aluminio, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 9620.00.04.