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Regulations

Id Country Name Repealed at
27423 México Se impone una cuota compensatoria definitiva ad valorem de 31% a las importaciones de clavos de acero para concreto originarias de China, independientemente del país de procedencia, que ingresan a través de la fracción arancelaria 7317.00.99 de la TIGIE, o por cualquier otra. JSON
27424 México Se establece un cupo de 358,303.973 toneladas métricas valor crudo (TMVC) para exportar a los Estados Unidos de América (EUA) azúcar originaria de los Estados Unidos Mexicanos, que derive de la caña de azúcar o de remolacha del ciclo azucarero comprendido del 1 de octubre de 2024 al 30 de septiembre de 2025. JSON
27425 México Se declara concluido el procedimiento administrativo de examen de vigencia y se modifica la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de cadena de acero de eslabones soldados, que ingresan a través de la fracción arancelaria 7315.82.91 de la TIGIE o por cualquier otra, originarias de China, independientemente del país de procedencia, de 0.50 dólares por kilogramo a que se refieren los puntos 2, 3 y 4 de esta Resolución, a una cuota compensatoria ad valorem de 28.06% y se prorroga su vigencia por cinco años más contados a partir del 18 de julio de 2023. JSON
27426 México Se declara concluido el procedimiento de examen de vigencia y de la revisión de oficio de la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones definitivas y temporales, incluidas las que ingresen al amparo de la Regla Octava, de ferrosilicomanganeso originarias de Ucrania, independientemente del país de procedencia, que ingresan a través de las fracciones arancelarias 7202.30.01 y 9802.00.13 de la TIGIE, o por cualquier otra. Se prorroga por cinco años más la vigencia de la cuota compensatoria definitiva de 16.59%, señalada en los puntos 3 a 5 de la presente Resolución, contados a partir del 25 de septiembre de 2023. JSON
27427 México Se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de aceite epoxidado de soya de Brasil y de China, independientemente del país de procedencia, que ingresan a través de las fracciones arancelarias 1518.00.02 y 3812.20.01 de la TIGIE, o por cualquier otra. JSON
27428 México Se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de clavos para pistola, originarias de China, independientemente del país de procedencia, incluidas las definitivas y temporales, que ingresan a través de la fracción arancelaria 7317.00.99 de la TIGIE y al amparo de la Regla Octava, a través de la fracción arancelaria 9802.00.01 de la TIGIE, o por cualquier otra. JSON
27429 México Se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de vidrio flotado claro, incluidas las definitivas y temporales, originarias de China y Malasia, independientemente del país de procedencia, que ingresan a través de las fracciones arancelarias 7005.21.03 y 7005.29.99 de la TIGIE, o por cualquier otra. JSON
27430 México Se imponen cuotas compensatorias definitivas a las importaciones de llantas neumáticas nuevas de construcción radial para automóvil y camioneta (camión ligero), de diámetro interior nominal de 13 a 22 pulgadas (330.2 mm a 558.8 mm, respectivamente) originarias de la República Popular China, independientemente de país de procedencia que ingresan por las fracciones arancelarias 4011.10.10 y 4011.20.06 de la TIGIE, o por cualquier otra, en los términos establecidos en la presente resolución. JSON
27431 México Requisito de certificación. El certificado de origen o el documento comprobatorio de origen deberá estar debidamente requisitado, con información directamente proporcionada por la compañía armadora del vehículo de que se trate, anexando el certificado o documento expedido por dicha compañía con base en el cual se obtuvo información respecto del origen del vehículo. JSON
27432 Nicaragua Requisito de autorización de importadores. Toda persona natural o jurídica que se dedique a la importación de envios debe registrarse ante la ANC, asi mismo los importadores de aquellos productos regulados a través de las disposiciones del COMIECO. JSON
27433 Nicaragua Requisito de registro. Permiso Sanitario - Fitosanitario de Importación original en el puesto de ingreso autorizado. En el caso del Permiso Sanitario - Fitosanitario en electrónico, se procederá de conformidad a lo que establece la ANC. JSON
27434 Nicaragua Requisito de certificación. Certificado Fitosanitario emitido por las autoridades oficiales del pais exportador de acuerdo con el modelo aprobado en la versión vigente de la NIMF 12 o el establecido en la resolución COMIECO 443-2021, previo acuerdo entre los paises. JSON
27435 Nicaragua Se cancelan los registros vigentes; se prohíben los Registros e importaciones de las Moléculas Diclorvos, Acefato, Foxim y Carbosulfan, sean éstas puras o compuestas. JSON
27436 Nicaragua Se establece un (01) año, a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución, para permitir la exportación, comercialización y uso de los inventarios finales existentes de las Moléculas Diclorvos, Acefato, Foxim y Carbosulfan, sean éstas puras o compuestas, en el país. JSON
27437 Nicaragua Requisito de autorización de importadores. La persona física que pretenda importar o exportar debe estar inscrito como tal ante la ANC de acuerdo a la legislación vigente de cada Estado Parte de la región centroamericana. JSON
27438 Nicaragua Requisito de autorización de Exportadores y de productos a exportar. La persona física que pretenda importar o exportar debe estar inscrito como tal ante la ANC de acuerdo a la legislación vigente de cada Estado Parte de la región centroamericana. Los fertilizantes y enmiendas de uso agrícola, deberán estar registrados ante la ANC previo a su importación o exportación. JSON
27439 Nicaragua Requisito de registro de los productos a importar. Los fertilizantes y enmiendas de uso agrícola, deberán estar registrados ante la ANC previo a su importación o exportación. JSON
27440 Nicaragua Requisito de etiquetado. La etiqueta deberá cumplir con determinados requisitos establecidos en el presente reglamento técnico. JSON
27441 Nicaragua Requisito de etiquetado. La etiqueta deberá cumplir con determinados requisitos establecidos en el presente reglamento técnico. JSON
27442 Nicaragua Requisito de certificación. Especificaciones establecidas en el presente reglamento técnico. JSON
27443 Nicaragua Requisito de certificación. Especificaciones establecidas en el presente reglamento técnico. JSON
27444 Nicaragua Requisito de certificado de análisis. Especificaciones establecidas en el presente reglamento técnico. JSON
27445 Nicaragua Requisito de certificado de análisis. Especificaciones establecidas en el presente reglamento técnico. JSON
27446 Nicaragua Requisitos de etiquetado para los plaguicidas químicos formulados (sintéticos y de origen inorgánico), sustancias afines, coadyuvantes y vehículos físicos, especificados en el presente Reglamento Técnico. JSON
27447 Nicaragua Requisito de autorización de importadores. JSON
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