Regulations
Id | Country | Name | Repealed at | |
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27801 | Colombia | Requisito de envasado. Utilizar empaques o envases nuevos. | JSON | |
27802 | Colombia | Requisito de inspección. Inspección Fitosanitaria en el lugar de entrada. | JSON | |
27803 | Colombia | Requisito de certificación. Certificado fitosanitario del país de origen. | JSON | |
27804 | Colombia | Requisito de inspección. Inspección Fitosanitaria en el lugar de entrada. | JSON | |
27805 | Colombia | Requisito de prueba. El envío fue sometido a pruebas de laboratorio. | JSON | |
27806 | Colombia | Tratamientos sobre el producto final. El envío fue sometido a un tratamiento químico (indicar dosis, producto, modo de aplicación). | JSON | |
27807 | Colombia | Requisitos de envasado. Utilizar empaques o envases nuevos. | JSON | |
27808 | Colombia | Requisitos de etiquetado. Los envases deberán ser debidamente identificados con el nombre botánico. | JSON | |
27809 | Colombia | Requisitos en materia de higiene. Las plantas deberán venir sin suelo, flores ni frutos. | JSON | |
27810 | Colombia | Licencia de importación especificada en la presente resolución. | JSON | |
27811 | Colombia | Licencia de exportación especificada en la presente resolución. | JSON | |
27812 | Colombia | Requisito de certificación. Certificado fitosanitario del país de origen. | JSON | |
27813 | Colombia | Requisito de prueba. El envío está libre de Fusarium lateritium. | JSON | |
27814 | Colombia | Requisitos en materia de higiene. Las plantas deberán venir sin tierra, flores o frutos. | JSON | |
27815 | Colombia | Requisito de envasado. Los envases serán nuevos y de primer uso, cerrados y resistentes a la manipulación, libre de material extraño al producto. | JSON | |
27816 | Colombia | Requisito de etiquetado. Los envases serán debidamente rotulados con el nombre del producto y del exportador. | JSON | |
27817 | Colombia | Requisito de inspección. Inspección sanitaria en el punto de ingreso. | JSON | |
27818 | Colombia | Se establece un contingente arancelario equivalente a Cuatrocientos diez mil noventa millones de pesos ($ 410.090.000.000) moneda corriente, para las vigencias 2025-2028. Mayores especificaciones en el presente Decreto. | JSON | |
27819 | Colombia | Se imponen los derechos antidumping definitivos a las importaciones de tela no tejida fabricada 100% a partir de polipropileno de peso entre 8 g/m2 y 70 g/m2, clasificadas por las subpartidas arancelarias 5603.11.00.00 y 5603.12.90.00, originarias de la República Popular China, consistente en la diferencia entre un precio base FOB de USD 2,58 por cada kilogramo de peso neto y el valor FOB declarado por el importador, siempre que este último sea inferior al precio base. | JSON | |
27820 | Colombia | Se imponen derechos antidumping definitivos a las importaciones de sulfato de manganeso, clasificadas por la subpartida arancelaria 2833.29.90.00, originarias de la República Popular China, consistente en la diferencia entre un precio base FOB de 0,81 USD por cada kilogramo de peso neto y el precio FOB declarado por el importador, siempre que este último sea inferior al precio base. | JSON | |
27821 | Colombia | Se imponen derechos antidumping definitivos a las importaciones de lámina lisa galvanizada y galvalume, clasificadas en las subpartidas arancelarias 7210.49.00.00, 7210.61.00.00, 7210.69.00.00, 7225.92.00.90 y 7225.99.00.90, originarias de la República Popular China. Los derechos antidumping consistirán en un gravamen ad valorem del 41,74% adicional al arancel vigente y se deberán liquidar sobre el valor FOB declarado por el importador. Los derechos antidumping solo serán aplicables a importaciones de lámina lisa galvanizada y galvalume clasificadas en las subpartidas referidas si corresponden a espesores iguales o inferiores a 2,5 milímetros. Se imponen derechos antidumping definitivos a las importaciones de teja galvanizada y galvalume, clasificadas en las subpartidas arancelarias 7210.41.00.00 y 7210.61.00.00, originarias de la República Popular China. Los derechos antidumping consistirán en un gravamen ad valorem del 94,64% adicional al arancel vigente y se deberán liquidar sobre el valor FOB declarado por el importador. | JSON | |
27822 | Colombia | Se da inicio de una investigación de carácter administrativo con el objeto de determinar la existencia, grado y efectos en la rama de producción nacional de un supuesto dumping en las importaciones de tubería soldada, de sección circular, de hierro o acero, de los tipos utilizados en la protección de cables eléctricos, de un diámetro nominal mayor o igual a 12.7 mm (1/2”) y menor o igual a 152.4 mm (6”) – Tubería Conduit, clasificada en la subpartida arancelaria 7306.30.99.00, originarias de la República Popular de China. | JSON | |
27823 | Colombia | Requisito de certificación. Certificado fitosanitario del país de origen. | JSON | |
27824 | Colombia | Requisito de prueba. El envío fue sometido a pruebas de laboratorio y se encontró libre de los virus especificados en la presente resolución. | JSON | |
27825 | Colombia | Requisito de envasado. Utilizar empaques o envases nuevos. | JSON |