• Home
  • Data Explorer
  • Measures

Regulations

Id Country Name Repealed at
6512 Ecuador Todos los embalajes de madera que ingresen al Ecuador deben estar debidamente tratados y sellados conforme a la Norma Internacional NIMF-15. Tratamiento con temperatura. 09-12-2016 JSON
6513 Ecuador Certificado Fitosanitario de Exportación emitido por la Organización Nacional de Protección (ONPF) de Guatemala, con declaración adicional donde conste el cumplimiento de los requisitos sanitarios establecidos especificamente. Inspección fitosanitaria en el punto de ingreso al país (art. 4). Tratamiento con temperatura (art. 2). JSON
6514 Ecuador Certificado Fitosanitario de Exportación emitido por la Organización Nacional de Protección (ONPF) de Guatemala, con declaración adicional donde conste el cumplimiento de los requisitos sanitarios establecidos especificamente. Inspección fitosanitaria en el punto de ingreso al país (art. 4). Tratamiento con temperatura (art. 2). JSON
6515 Ecuador Certificado Fitosanitario de Exportación emitido por la Organización Nacional de Protección (ONPF) de Guatemala, con declaración adicional donde conste el cumplimiento de los requisitos sanitarios establecidos especificamente. Inspección fitosanitaria en el punto de ingreso al país (art. 4). Tratamiento con temperatura (art. 2). JSON
6516 Ecuador Todos los embalajes de madera que ingresen al Ecuador deben estar debidamente tratados y sellados conforme a la Norma Internacional NIMF-15. Tratamiento con temperatura. JSON
6517 Ecuador Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 1313 de carácter obligatorio (tercera edición). Requisitos sobre procesamiento de alimentos (art. 5). Uso restringido de ciertas sustancias en alimentos (Art. 6). Requisitos de calidad (art. 7). Requisitos de envasado y rotulado (art. 8). JSON
6518 Ecuador Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 1313 de carácter obligatorio (tercera edición). Requisitos sobre procesamiento de alimentos (art. 5). Uso restringido de ciertas sustancias en alimentos (Art. 6). Requisitos de calidad (art. 7). Requisitos de envasado y rotulado (art. 8). JSON
6519 Ecuador Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 1313 de carácter obligatorio (tercera edición). Requisitos sobre procesamiento de alimentos (art. 5). Uso restringido de ciertas sustancias en alimentos (Art. 6). Requisitos de calidad (art. 7). Requisitos de envasado y rotulado (art. 8). JSON
6520 Ecuador Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 1313 de carácter obligatorio (tercera edición). Requisitos sobre procesamiento de alimentos (art. 5). Uso restringido de ciertas sustancias en alimentos (Art. 6). Requisitos de calidad (art. 7). Requisitos de envasado y rotulado (art. 8). JSON
6521 Ecuador Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 1313 de carácter obligatorio (tercera edición). Requisitos sobre procesamiento de alimentos (art. 5). Uso restringido de ciertas sustancias en alimentos (Art. 6). Requisitos de calidad (art. 7). Requisitos de envasado y rotulado (art. 8). JSON
6522 Ecuador Registro Unificado otorgado por los Ministerios de Salud Pública y Agricultura y Ganadería (art. 1). La Resolución Nº 011/09 establece la obligatoriedad de presentar el Certificado de libre venta emitido por la autoridad competente con fecha de expedición no mayor a 6 y el Certificado de Importador autorizado emitido por la empresa fabricante. JSON
6523 Ecuador Registro Unificado otorgado por los Ministerios de Salud Pública y Agricultura y Ganadería (art. 1). La Resolución Nº 011/09 establece la obligatoriedad de presentar el Certificado de libre venta emitido por la autoridad competente con fecha de expedición no mayor a 6 y el Certificado de Importador autorizado emitido por la empresa fabricante. JSON
6524 Ecuador Reglamento para otorgar el registro unificado de plaguicidas y productos de uso veterinario.Registro Unificado otorgado por los Ministerios de Salud Pública y Agricultura y Ganadería (art.1). Dicho registro tiene validez indefinida. El titular del Registro Unficado deberá presentar cada cinco años el certificado de libre venta del país de origen, emitido por la autoridad oficial competente y dos etiquetas del producto formulado (art. 32). Control de calidad (art. 56). Requisitos de rotulado (art. 12 al 17). JSON
6525 Ecuador Reglamento para otorgar el registro unificado de plaguicidas y productos de uso veterinario.Registro Unificado otorgado por los Ministerios de Salud Pública y Agricultura y Ganadería (art.1). Dicho registro tiene validez indefinida. El titular del Registro Unficado deberá presentar cada cinco años el certificado de libre venta del país de origen, emitido por la autoridad oficial competente y dos etiquetas del producto formulado (art. 32). Control de calidad (art. 56). Requisitos de rotulado (art. 12 al 17). JSON
6526 Ecuador Reglamento para otorgar el registro unificado de plaguicidas y productos de uso veterinario.Registro Unificado otorgado por los Ministerios de Salud Pública y Agricultura y Ganadería (art.1). Dicho registro tiene validez indefinida. El titular del Registro Unficado deberá presentar cada cinco años el certificado de libre venta del país de origen, emitido por la autoridad oficial competente y dos etiquetas del producto formulado (art. 32). Control de calidad (art. 56). Requisitos de rotulado (art. 12 al 17). JSON
6527 Ecuador Reglamento para otorgar el registro unificado de plaguicidas y productos de uso veterinario.Registro Unificado otorgado por los Ministerios de Salud Pública y Agricultura y Ganadería (art.1). Dicho registro tiene validez indefinida. El titular del Registro Unficado deberá presentar cada cinco años el certificado de libre venta del país de origen, emitido por la autoridad oficial competente y dos etiquetas del producto formulado (art. 32). Control de calidad (art. 56). Requisitos de rotulado (art. 12 al 17). JSON
6528 Ecuador Registro en el Instituto Nacional de Pesca (INP) (art. 1). Solamente se podrá importar aquellos productos de uso veterinario y biocida con aplicación en la actividad acuícola que estén expresamente aprobados por las autoridades sanitarias de los países importadores de productos acuícolas, incluyendo los países de la Unión Europea, USA, Canadá, Japón y otros (art. 2). JSON
6529 Ecuador Registro sanitario del producto ante el Instituto Nacional de Higiene y Medicina Tropical "Leopoldo Izquieta Pérez" - INH. Se establecen excepciones (arts. 1 y 2). Certificado de control de calidad e inocuidad (informe técnico analítico) otorgado por uno de los laboratorios señalados en el Art. 4 del presente reglamento (art. 13). Certificado de la autoridad sanitaria del país de origen en el que conste que el consumo o uso de los productos está permitido y no prohibido en el país de origen. Inspección sanitaria en el punto de ingreso al país. Análisis de laboratorio (CAPÍTULO X). JSON
6530 Ecuador Registro sanitario del producto ante el Instituto Nacional de Higiene y Medicina Tropical "Leopoldo Izquieta Pérez" - INH. Se establecen excepciones (arts. 1 y 2). Certificado de control de calidad e inocuidad (informe técnico analítico) otorgado por uno de los laboratorios señalados en el Art. 4 del presente reglamento (art. 13). Certificado de la autoridad sanitaria del país de origen en el que conste que el consumo o uso de los productos está permitido y no prohibido en el país de origen. Inspección sanitaria en el punto de ingreso al país. Análisis de laboratorio (CAPÍTULO X). JSON
6531 Ecuador Registro sanitario del producto ante el Instituto Nacional de Higiene y Medicina Tropical "Leopoldo Izquieta Pérez" - INH. Se establecen excepciones (arts. 1 y 2). Certificado de control de calidad e inocuidad (informe técnico analítico) otorgado por uno de los laboratorios señalados en el Art. 4 del presente reglamento (art. 13). Certificado de la autoridad sanitaria del país de origen en el que conste que el consumo o uso de los productos está permitido y no prohibido en el país de origen. Inspección sanitaria en el punto de ingreso al país. Análisis de laboratorio (CAPÍTULO X). JSON
6532 Ecuador Registro sanitario del producto ante el Instituto Nacional de Higiene y Medicina Tropical "Leopoldo Izquieta Pérez" - INH. Se establecen excepciones (arts. 1 y 2). Certificado de control de calidad e inocuidad (informe técnico analítico) otorgado por uno de los laboratorios señalados en el Art. 4 del presente reglamento (art. 13). Certificado de la autoridad sanitaria del país de origen en el que conste que el consumo o uso de los productos está permitido y no prohibido en el país de origen. Inspección sanitaria en el punto de ingreso al país. Análisis de laboratorio (CAPÍTULO X). JSON
6533 Ecuador Requisito de inscripción de productos (art. 6). Requisito de notificación sanitaria (art. 6). Requisito de certificación sanitaria (art. 27). Práctica en materia de higiene durante la producción (art. 88). Requisito sobre el procesamiento de alimentos (Art. 89). Requisito de historia de los procesos de fabricación (art. 117). Requisitos sobre almacenaje y transporte (art. 119). 20-07-2023 JSON
6534 Ecuador Requisito de inscripción de productos (art. 6). Requisito de notificación sanitaria (art. 6). Requisito de certificación sanitaria (art. 27). Práctica en materia de higiene durante la producción (art. 88). Requisito sobre el procesamiento de alimentos (Art. 89). Requisito de historia de los procesos de fabricación (art. 117). Requisitos sobre almacenaje y transporte (art. 119). 20-07-2023 JSON
6535 Ecuador Requisito de inscripción de productos (art. 6). Requisito de notificación sanitaria (art. 6). Requisito de certificación sanitaria (art. 27). Práctica en materia de higiene durante la producción (art. 88). Requisito sobre el procesamiento de alimentos (Art. 89). Requisito de historia de los procesos de fabricación (art. 117). Requisitos sobre almacenaje y transporte (art. 119). 20-07-2023 JSON
6536 Ecuador Requisito de inscripción de productos (art. 6). Requisito de notificación sanitaria (art. 6). Requisito de certificación sanitaria (art. 27). Práctica en materia de higiene durante la producción (art. 88). Requisito sobre el procesamiento de alimentos (Art. 89). Requisito de historia de los procesos de fabricación (art. 117). Requisitos sobre almacenaje y transporte (art. 119). 20-07-2023 JSON
Page 247 of 1087