Regulations
Id | Country | Name | Repealed at | |
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15226 | Paraguay | Importación prohibida. | JSON | |
15227 | Paraguay | Importación prohibida (art. 1). | JSON | |
15228 | Paraguay | Importación prohibida (art. 1). | JSON | |
15229 | Paraguay | Importación prohibida (art. 17). | JSON | |
15230 | Paraguay | Importación prohibida. | JSON | |
15231 | Paraguay | Autorización Previa de Importación emitida por la Dirección de Defensa Vegetal. Inscripción del Importador y del producto en el Registro habilitado por las Autoridades de Aplicación (art. 22 y 25). Requisitos de rotulado (arts. 26 y 27). Permiso de libre venta en su país de origen (art. 30). El Decreto Ley Nº 8051/41establece que la Dirección de Defensa Agrícola tendrá el control de la importación y exportación de vegetales, productos agrícolas, insecticidas, etc., a fin de asegurar su sanidad, pureza y buena conservación. La Resolución Nº 789/04 del Ministerio de Agricultura y Ganaderia establece que los productos deberán venir debidamente etiquetados acompañados con la documentación solicitada y análisis laboratorial. (Ver disposiciones de la Resolución Nº 789/04 al final del texto). | JSON | |
15232 | Paraguay | Autorización Previa de Importación emitida por la Dirección de Defensa Vegetal. Inscripción del Importador y del producto en el Registro habilitado por las Autoridades de Aplicación (art. 22 y 25). Requisitos de rotulado (arts. 26 y 27). Permiso de libre venta en su país de origen (art. 30). El Decreto Ley Nº 8051/41establece que la Dirección de Defensa Agrícola tendrá el control de la importación y exportación de vegetales, productos agrícolas, insecticidas, etc., a fin de asegurar su sanidad, pureza y buena conservación. La Resolución Nº 789/04 del Ministerio de Agricultura y Ganaderia establece que los productos deberán venir debidamente etiquetados acompañados con la documentación solicitada y análisis laboratorial. (Ver disposiciones de la Resolución Nº 789/04 al final del texto). | JSON | |
15233 | Paraguay | Autorización Previa de Importación emitida por la Dirección de Defensa Vegetal. Inscripción del Importador y del producto en el Registro habilitado por las Autoridades de Aplicación (art. 22 y 25). Requisitos de rotulado (arts. 26 y 27). Permiso de libre venta en su país de origen (art. 30). El Decreto Ley Nº 8051/41establece que la Dirección de Defensa Agrícola tendrá el control de la importación y exportación de vegetales, productos agrícolas, insecticidas, etc., a fin de asegurar su sanidad, pureza y buena conservación. La Resolución Nº 789/04 del Ministerio de Agricultura y Ganaderia establece que los productos deberán venir debidamente etiquetados acompañados con la documentación solicitada y análisis laboratorial. (Ver disposiciones de la Resolución Nº 789/04 al final del texto). | JSON | |
15234 | Paraguay | Autorización Previa de Importación emitida por la Dirección de Defensa Vegetal. Inscripción del Importador y del producto en el Registro habilitado por las Autoridades de Aplicación (art. 22 y 25). Requisitos de rotulado (arts. 26 y 27). Permiso de libre venta en su país de origen (art. 30). El Decreto Ley Nº 8051/41establece que la Dirección de Defensa Agrícola tendrá el control de la importación y exportación de vegetales, productos agrícolas, insecticidas, etc., a fin de asegurar su sanidad, pureza y buena conservación. La Resolución Nº 789/04 del Ministerio de Agricultura y Ganaderia establece que los productos deberán venir debidamente etiquetados acompañados con la documentación solicitada y análisis laboratorial. (Ver disposiciones de la Resolución Nº 789/04 al final del texto). | JSON | |
15235 | Paraguay | Autorización Previa de Importación emitida por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (Art. 3, 21). | JSON | |
15236 | Paraguay | Inscripción del Importador en el Registro Nacional de Sustancias Estupefacientes y Drogas Peligrosas del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y en la Secretaría Nacional Antidroga (SENAD) (Art. 2). | JSON | |
15237 | Paraguay | Aduanas habilitadas para el ingreso de productos: Asunción y Aeropuerto Internacional Silvio Pettirossi (Art. 23). | JSON | |
15238 | Paraguay | Permiso Previo de Importación emitido por la Dirección de la Defensa Agrícola (art. 33). Registro del producto en la Dirección de Defensa Agrícola (art. 34). Requisitos de rotulado (art. 41). | JSON | |
15239 | Paraguay | Permiso Previo de Importación emitido por la Dirección de la Defensa Agrícola (art. 33). Registro del producto en la Dirección de Defensa Agrícola (art. 34). Requisitos de rotulado (art. 41). | JSON | |
15240 | Paraguay | Permiso Previo de Importación emitido por la Dirección de la Defensa Agrícola (art. 33). Registro del producto en la Dirección de Defensa Agrícola (art. 34). Requisitos de rotulado (art. 41). | JSON | |
15241 | Paraguay | Permiso Previo de Importación emitido por la Dirección de Parques Nacionales y Vida Silvestre del Ministerio de Agricultura y Ganadería (Art. 6). | JSON | |
15242 | Paraguay | Autorización Previa de Importación emitida por el Ministerio de Agricultura y Ganadería. Inscripción del importador en el Registro Nacional de Comerciantes de Semillas (arts. 62 y 63). | JSON | |
15243 | Paraguay | Autorización Previa de Importación emitida por el Ministerio de Agricultura y Ganadería. Inscripción del importador en el Registro Nacional de Comerciantes de Semillas (arts. 62 y 63). | JSON | |
15244 | Paraguay | Autorización Previa de Importación emitida por la autoridad sanitaria nacional, para la importación de medicamentos (art. 6). Registro del producto en el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Dicho registro tendrá una validez de cinco años y podrá ser renovado de acuerdo con lo que determine la reglamentación, si no existe razones sanitarias en contra (art. 14). El representante del fabricante de los medicamentos deberá presentar un documento legalizado, emitido por la autoridad sanitaria del país exportador, donde conste la autorización para fabricar y comercializar dichos productos (art. 12 num.3). Requisitos de rotulado para medicamentos (art. 11). | JSON | |
15245 | Paraguay | Autorización Previa de Importación emitida por la autoridad sanitaria nacional, para la importación de medicamentos (art. 6). Registro del producto en el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Dicho registro tendrá una validez de cinco años y podrá ser renovado de acuerdo con lo que determine la reglamentación, si no existe razones sanitarias en contra (art. 14). El representante del fabricante de los medicamentos deberá presentar un documento legalizado, emitido por la autoridad sanitaria del país exportador, donde conste la autorización para fabricar y comercializar dichos productos (art. 12 num.3). Requisitos de rotulado para medicamentos (art. 11). | JSON | |
15246 | Paraguay | Autorización Previa de Importación emitida por la autoridad sanitaria nacional, para la importación de medicamentos (art. 6). Registro del producto en el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Dicho registro tendrá una validez de cinco años y podrá ser renovado de acuerdo con lo que determine la reglamentación, si no existe razones sanitarias en contra (art. 14). El representante del fabricante de los medicamentos deberá presentar un documento legalizado, emitido por la autoridad sanitaria del país exportador, donde conste la autorización para fabricar y comercializar dichos productos (art. 12 num.3). Requisitos de rotulado para medicamentos (art. 11). | JSON | |
15247 | Paraguay | Autorización Previa de Importación emitida por la autoridad sanitaria nacional, para la importación de medicamentos (art. 6). Registro del producto en el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Dicho registro tendrá una validez de cinco años y podrá ser renovado de acuerdo con lo que determine la reglamentación, si no existe razones sanitarias en contra (art. 14). El representante del fabricante de los medicamentos deberá presentar un documento legalizado, emitido por la autoridad sanitaria del país exportador, donde conste la autorización para fabricar y comercializar dichos productos (art. 12 num.3). Requisitos de rotulado para medicamentos (art. 11). | JSON | |
15248 | Paraguay | Autorización Previa de Importación emitida por el Ministerio de Industria y Comercio (art. 5). La Resolución Nº 103/09 establece que los productos sujetos a Licencia Previa deberán contar con una copia de la Factura Comercial Proforma de Exportación y no podrán ser embarcados antes de la obtención de la licencia, lo que será avalado por una declaración jurada del importador. | JSON | |
15249 | Paraguay | Permiso Previo de Importación emitido por el Poder Ejecutivo a través de la Dirección de Material Bélico (DIMABEL). La importación sólo podrá realizarse por las oficinas de Aduana de la Capital y del Aeropuerto Internacional "Silvio Pettirossi" (Art. 48). | 03-01-2025 | JSON |
15250 | Paraguay | Autorización especial por razones OTC. | JSON |