Regulations
Id | Country | Name | Repealed at | |
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18575 | Perú | Requisito de certificación fitosanitaria (Art. 1). Requisitos de higiene (Art. 4). Requisito de etiquetado (Art. 15). Requisitos de envasado (Art. 16). Condiciones de transporte (Art. 18). | JSON | |
18576 | Perú | Requisito de certificación fitosanitaria (Art. 1). Requisitos de higiene (Art. 4). Requisito de etiquetado (Art. 15). Requisitos de envasado (Art. 16). Condiciones de transporte (Art. 18). | JSON | |
18577 | Perú | Requisito de certificación fitosanitaria (Art. 1). Requisitos de higiene (Art. 4). Requisito de etiquetado (Art. 15). Requisitos de envasado (Art. 16). Condiciones de transporte (Art. 18). | JSON | |
18578 | Perú | Requisito de certificación fitosanitaria (Art. 1). Requisitos de higiene (Art. 4). Requisito de etiquetado (Art. 15). Requisitos de envasado (Art. 16). Condiciones de transporte (Art. 18). | JSON | |
18579 | Perú | Requisito de certificación fitosanitaria (Art. 1). Requisitos de higiene (Art. 4). Requisito de etiquetado (Art. 15). Requisitos de envasado (Art. 16). Condiciones de transporte (Art. 18). | JSON | |
18580 | Perú | Inspección sanitaria a cargo del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA). | JSON | |
18581 | Perú | Inspección de oficio, y verficación aleatoria en puertos, aeropuertos y pasos fronterizos por parte del SENASA. La Resolución Directoral Nº 518/05 AG-SENASA-DGSV establece que a partir del 1/02/06 las mercancías importadas que vengan acompañadas de embalajes de madera deben contar con sello oficial, sobre el control sanitario del material empleado. | JSON | |
18582 | Perú | Inspección de oficio, y verficación aleatoria en puertos, aeropuertos y pasos fronterizos por parte del SENASA. La Resolución Directoral Nº 518/05 AG-SENASA-DGSV establece que a partir del 1/02/06 las mercancías importadas que vengan acompañadas de embalajes de madera deben contar con sello oficial, sobre el control sanitario del material empleado. | JSON | |
18583 | Perú | Requisitos sanitarios para la importación. Certificado Sanitario. Requisitos de cuarentena. Requisitos de identificación de los porcinos. Requisitos de transporte e higiene. | JSON | |
18584 | Perú | Requisitos sanitarios para la importación. Certificado Sanitario. Requisitos de cuarentena. Requisitos de identificación de los porcinos. Requisitos de transporte e higiene. | JSON | |
18585 | Perú | Requisitos sanitarios para la importación. Certificado Sanitario. Requisitos de cuarentena. Requisitos de identificación de los porcinos. Requisitos de transporte e higiene. | JSON | |
18586 | Perú | Requisitos sanitarios para la importación. Certificado Sanitario. Requisitos de cuarentena. Requisitos de identificación de los porcinos. Requisitos de transporte e higiene. | JSON | |
18587 | Perú | Requisitos sanitarios para la importación. Certificado Sanitario. Requisitos de cuarentena. Requisitos de identificación de los porcinos. Requisitos de transporte e higiene. | JSON | |
18588 | Perú | Requisitos sanitarios para la importación. Certificado Sanitario. Requisitos de cuarentena. Requisitos de identificación de los porcinos. Requisitos de transporte e higiene. | JSON | |
18589 | Perú | Embrión recogido de vacas donadoras que se encuentran en un establecimiento o unidad recolectora de embiones autorizado (Anexo). Las hembras donantes no han presentado ningún signo clínico de Tuberculosis Bovina durante las veinticuatro horas anteriores a la recolección de embiones (Anexo). Los animales donandes no manifestaron ningún signo clínico de infección de Brucella el día de la recolección (Anexo). Requisito de inspección (Anexo). | 29-03-2021 | JSON |
18590 | Perú | Embrión recogido de vacas donadoras que se encuentran en un establecimiento o unidad recolectora de embiones autorizado (Anexo). Las hembras donantes no han presentado ningún signo clínico de Tuberculosis Bovina durante las veinticuatro horas anteriores a la recolección de embiones (Anexo). Los animales donandes no manifestaron ningún signo clínico de infección de Brucella el día de la recolección (Anexo). Requisito de inspección (Anexo). | 29-03-2021 | JSON |
18591 | Perú | Los animales han permanecido desde su nacimiento o al menos los últimos 6 meses en el país exportador (Anexo). En los 30 días previos al embarque fueron tratados contra parásitos internos y externos con productos autorizados (Anexo). Requisitos de transporte (Anexo). Requisitos de inspección (Anexo). | 21-12-2023 | JSON |
18592 | Perú | Los animales han permanecido desde su nacimiento o al menos los últimos 6 meses en el país exportador (Anexo). En los 30 días previos al embarque fueron tratados contra parásitos internos y externos con productos autorizados (Anexo). Requisitos de transporte (Anexo). Requisitos de inspección (Anexo). | 21-12-2023 | JSON |
18593 | Perú | Los animales han permanecido desde su nacimiento o al menos los últimos 6 meses en el país exportador (Anexo). En los 30 días previos al embarque fueron tratados contra parásitos internos y externos con productos autorizados (Anexo). Requisitos de transporte (Anexo). Requisitos de inspección (Anexo). | 21-12-2023 | JSON |
18594 | Perú | Los animales han permanecido desde su nacimiento o al menos los últimos 6 meses en el país exportador (Anexo). En los 30 días previos al embarque fueron tratados contra parásitos internos y externos con productos autorizados (Anexo). Requisitos de transporte (Anexo). Requisitos de inspección (Anexo). | 21-12-2023 | JSON |
18595 | Perú | Requerimientos higiénicos y de seguridad sanitaria (art. 74). | JSON | |
18596 | Perú | Análisis de Riesgo para mercancías que no se hayan importado anteriormente o cuando haya variado la situación sanitaria del país exportador, procedentes de países afectados de enfermedades de los animales consideradas exóticas y de importancia para el país. Procedimiento para su realización (Art. 1). | JSON | |
18597 | Perú | La importación, tránsito internacional o cualquier otro régimen aduanero de estos productos se sujetará a las disposiciones que establezca el SENASA. La regulación del ingreso al país de productos reglamentados involucrará el cumplimiento de requisitos zoosanitarios específicos. El ingreso al país productos no reglamentados será libre. El internamiento a plaza se realizará a través de los puntos de ingreso autorizados por el SENASA (Art. 12). La Resolución Jefatural Nº 392-2008-AG-SENASA aprueba el formato unificado en procedimiento de importación para animales y sus productos y otros artículos reglamentados. | JSON | |
18598 | Perú | Importación prohibida. | JSON | |
18599 | Perú | Importación prohibida. | JSON |