Regulations
Id | Country | Name | Repealed at | |
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24159 | Perú | Importación de canales o medias canales o carne en cortes de la especie bovina, refrigeradas o congeladas, de origen y procedencia de la República de Nicaragua. El producto procede de animales nacidos, criados y faenados en la República de Nicaragua. El producto procede de bovinos que no han presentado signos ni lesiones compatibles con Fiebre Aftosa, Perineumonía Contagiosa Bovina o Tuberculosis Bovina en una inspección ante mortem y post mortem, a cargo del médico veterinario oficial de la autoridad oficial competente de la República de Nicaragua. La carne no deriva de bovinos que hayan sido desechados o descartados como consecuencia de un programa de erradicación de una enfermedad bovina transmisible. El establecimiento de origen, el matadero y el establecimiento de procesamiento primario de la carne, y al menos un área de diez (10) Km a su alrededor, no han estado en una zona bajo cuarentena o restricción de la movilización de bovinos durante los treinta (30) días previos al embarque. Los productos proceden de mataderos o establecimientos de procesamiento primario que tienen implementado y en operación el Sistema de Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control (HACCP, por sus siglas en inglés), y están oficialmente autorizados para la exportación por la autoridad oficial competente de la República de Nicaragua y habilitados por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA de la República del Perú. Los productos cumplen con los requisitos de inocuidad establecidos por la autoridad oficial competente de la República de Nicaragua. Los medicamentos de uso veterinario para los animales de los que proceden los productos están autorizados por la autoridad oficial competente de la República de Nicaragua, y su legislación vigente permite efectuar su vigilancia y rastreabilidad desde la elaboración en plantas habilitadas hasta la distribución. 9. Los animales de los que proceden los productos han sido sometidos a inspección ante mortem y post mortem a cargo del médico veterinario oficial de la autoridad oficial competente de la República de Nicaragua. Los productos han sido declarados como aptos para el consumo humano. Los establecimientos de procesamiento primario de la República de Nicaragua cumplen con las Buenas Prácticas de Manufactura (BPM), siendo prioritario el control de la salud del personal que manipula los productos. | JSON | |
24160 | Perú | Importación de canales o medias canales o carne en cortes de la especie bovina, refrigeradas o congeladas, de origen y procedencia de la República de Nicaragua. El Procedimiento Operativo Estandarizado de Sanitización (POES) garantiza la limpieza del establecimiento antes, durante y después de las actividades de proceso. | JSON | |
24161 | Perú | Importación de canales o medias canales o carne en cortes de la especie bovina, refrigeradas o congeladas, de origen y procedencia de la República de Nicaragua. La autoridad oficial competente de la República de Nicaragua tiene implementado y en operación un programa de monitoreo de contaminantes químicos y microbiológicos en productos de origen animal (ausencia de Salmonella spp, Escherichia coli O157:H7 productora de toxina Shiga en 25 g, Staphylococcus aureus y Aerobios mesófilos). | JSON | |
24162 | Perú | Importación de canales o medias canales o carne en cortes de la especie bovina, refrigeradas o congeladas, de origen y procedencia de la República de Nicaragua. Los productos han sido inspeccionados en el punto de salida por la autoridad oficial competente de la República de Nicaragua. | JSON | |
24163 | Perú | Importación de canales o medias canales o carne en cortes de la especie bovina, refrigeradas o congeladas, de origen y procedencia de la República de Nicaragua. Los productos están embalados con materiales de primer uso. Los embalajes llevan en su etiqueta el nombre del producto, el país de origen, el país de procedencia, el número de establecimiento autorizado, la fecha de producción, la fecha de vigencia del producto y el número de lote. | JSON | |
24164 | Perú | Importación de canales o medias canales o carne en cortes de la especie bovina, refrigeradas o congeladas, de origen y procedencia de la República de Nicaragua. El transporte de los productos, desde el establecimiento de procesamiento primario de procedencia hasta su destino en la República del Perú, se realizó en vehículos, contenedores o compartimientos que aseguran una adecuada temperatura y sus condiciones higiénico-sanitarias (se cuentan con registros de temperatura de los vehículos). | JSON | |
24165 | Perú | Importación de canales o medias canales o carne en cortes de la especie bovina, refrigeradas o congeladas, de origen y procedencia de la República de Nicaragua. A su llegada a la República del Perú, el producto podrá ser sometido a los controles y exámenes que determine el SENASA. | JSON | |
24166 | Perú | Importación de plantas in vitro de arándano (Vaccinium corymbosum) de origen de la República del Perú y procedencia de la República Portuguesa. Las plantas in vitro deberán proceder de laboratorios o bancos de germoplasma registrados y autorizados por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria - ONPF de la República Portuguesa para la certificación oficial de exportación. | JSON | |
24167 | Perú | Importación de plantas in vitro de arándano (Vaccinium corymbosum) de origen de la República del Perú y procedencia de la República Portuguesa. Las plantas in vitro deberán proceder de plantas madre de origen peruano. | JSON | |
24168 | Perú | Importación de plantas in vitro de arándano (Vaccinium corymbosum) de origen de la República del Perú y procedencia de la República Portuguesa. El envío deberá contar con el permiso fitosanitario de importación emitido por el SENASA, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y embarque en el país de procedencia. | JSON | |
24169 | Perú | Importación de plantas in vitro de arándano (Vaccinium corymbosum) de origen de la República del Perú y procedencia de la República Portuguesa. El envío deberá venir acompañado de un certificado fitosanitario oficial del país de procedencia, en el cual se consigne: Declaración Adicional: Las plantas in vitro han sido oficialmente inspeccionadas por la ONPF de la República Portuguesa. | JSON | |
24170 | Perú | Importación de plantas in vitro de arándano (Vaccinium corymbosum) de origen de la República del Perú y procedencia de la República Portuguesa. Los envases deberán ser nuevos y de primer uso, cerrados y resistentes al manipuleo, libres de material extraño al producto, debidamente rotulados con el nombre del producto y del exportador. | JSON | |
24171 | Perú | Importación de plantas in vitro de arándano (Vaccinium corymbosum) de origen de la República del Perú y procedencia de la República Portuguesa. El envío deberá someterse a una inspección fitosanitaria en el punto de ingreso al país. | JSON | |
24172 | Perú | Importación de plantas in vitro de arándano (Vaccinium corymbosum) de origen de la República del Perú y procedencia de la República Portuguesa. Al arribo del material al lugar de producción autorizado para el seguimiento de cuarentena posentrada, el inspector del SENASA tomará una muestra del envío para ser remitida a la Unidad del Centro de Diagnóstico de Sanidad Vegetal del SENASA. El costo del diagnóstico será asumido por el importador. | JSON | |
24173 | Perú | Importación de plantas in vitro de arándano (Vaccinium corymbosum) de origen de la República del Perú y procedencia de la República Portuguesa. El proceso de cuarentena posentrada tendrá una duración de doce (12) meses. En dicho lapso, el material instalado en el lugar de producción será sometido por el SENASA a cinco (5) inspecciones obligatorias para el seguimiento de la cuarentena posentrada y a una (1) inspección obligatoria final para el levantamiento de la cuarentena posentrada, de cuyos resultados se dispondrá el destino final del producto. | JSON | |
24174 | Perú | Importación de semillas de areca (Dypsis lutescens) de origen y procedencia de la República de El Salvador. El envío deberá contar con el permiso fitosanitario de importación emitido por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y embarque en el país de origen o procedencia. | JSON | |
24175 | Perú | Importación de semillas de areca (Dypsis lutescens) de origen y procedencia de la República de El Salvador. El envío deberá venir acompañado de un certificado fitosanitario oficial del país de origen. | JSON | |
24176 | Perú | Importación de semillas de areca (Dypsis lutescens) de origen y procedencia de la República de El Salvador. Los envases serán nuevos y de primer uso, resistentes al manipuleo, libres de material extraño al producto, debidamente rotulados con el nombre del producto y el país de origen. | JSON | |
24177 | Perú | Importación de semillas de areca (Dypsis lutescens) de origen y procedencia de la República de El Salvador. Inspección fitosanitaria en el punto de ingreso al país. | JSON | |
24178 | Perú | Importación de semillas de areca (Dypsis lutescens) de origen y procedencia de la República de El Salvador. El inspector del SENASA tomará una muestra del envío a fin de remitirla a la Unidad del Centro de Diagnóstico de Sanidad Vegetal del SENASA para el análisis micológico correspondiente, quedando el envío retenido hasta la obtención de los resultados. El costo del diagnóstico será asumido por el importador. | JSON | |
24179 | Brasil | Requisitos fitosanitarios para la importación de semillas (Categoría 4) de raigrás ( Lolium multiflorum y Lolium perenne) producidas en los Estados Unidos de América. El envío deberá ir acompañado de un Certificado Fitosanitario - CF, emitido por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria - ONPF de los Estados Unidos de América, con determinadas declaraciones adicionales. | JSON | |
24180 | Brasil | Requisitos fitosanitarios para la importación de semillas (Categoría 4) de raigrás ( Lolium multiflorum y Lolium perenne) producidas en los Estados Unidos de América. Los envíos están sujetos a inspección en el punto de entrada (Inspección Fitosanitaria - IF), así como a la toma de muestras para análisis fitosanitario en laboratorios oficiales o acreditados por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Abastecimiento - MAPA. | JSON | |
24181 | Brasil | Requisitos fitosanitarios para la importación de semillas (Categoría 4) de raigrás ( Lolium multiflorum y Lolium perenne) producidas en los Estados Unidos de América. Los envíos están sujetos a inspección en el punto de entrada (Inspección Fitosanitaria - IF), así como a la toma de muestras para análisis fitosanitario en laboratorios oficiales o acreditados por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Abastecimiento - MAPA. | JSON | |
24182 | Brasil | Iniciar una investigación para investigar la existencia de subvenciones sujetas a medidas compensatorias otorgadas a productores de Indonesia que exportaron productos de acero inoxidable 304 laminados en frío a Brasil, comúnmente clasificados en las subpartidas 7219.33.00, 7219.34.00, 7219.35.00 y 7220.20 .90 de la Nomenclatura Común del MERCOSUR - NCM, y el daño a la rama de producción nacional derivado de dicha práctica. | 01-12-2022 | JSON |
24183 | Brasil | Se da inicio a una investigación para investigar la existencia de dumping en las exportaciones de EE. UU. y México a Brasil de cápsulas de gelatina dura vacías, clasificadas en la subpartida 9602.00.10 de la Nomenclatura Común del MERCOSUR - NCM. | 10-05-2023 | JSON |