Regulations
Id | Country | Name | Repealed at | |
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24660 | Venezuela | Requisitos de marcado de los productos. | JSON | |
24661 | Venezuela | Requisitos de muestreo y ensayo. | JSON | |
24662 | Venezuela | Requisitos de inspección y control. | JSON | |
24663 | Venezuela | Requisitos de rendimiento, calidad y seguridad. | JSON | |
24664 | Venezuela | Requisitos relativos al rendimiento, calidad y seguridad de los productos. | JSON | |
24665 | Venezuela | Requisitos de etiquetado de los productos. | JSON | |
24666 | Venezuela | Requisitos de marcado de los productos. | JSON | |
24667 | Venezuela | Requisitos de muestreo. | JSON | |
24668 | Venezuela | Requisito de registro de importadores ante la autoridad competente, | JSON | |
24669 | Venezuela | Requisitos de control. | JSON | |
24670 | Venezuela | Requisitos de rendimiento, calidad y seguridad de los productos. | JSON | |
24671 | Venezuela | Requisitos de muestreo. | JSON | |
24672 | Venezuela | Requisitos de control. | JSON | |
24673 | Venezuela | Requisito de registro de importadores ante la autoridad competente. | JSON | |
24674 | Venezuela | Requisito de marcado. | JSON | |
24675 | Venezuela | Requisito de embalaje. | JSON | |
24676 | Argentina | Medidas financieras sobre acceso al mercado de divisas para las operaciones de comercio exterior. | JSON | |
24677 | Argentina | Requisitos para establecimientos de movilización, pre-faena y faena de equinos para exportación. | JSON | |
24678 | Argentina | Requisitos de inspección de los establecimientos de movilización, pre-faena y faena de equinos para exportación. | JSON | |
24679 | Argentina | Las empresas que elaboren y/o importen productos farmacéuticos deberán cumplir con el Control Microbiológico de acuerdo con los límites de aceptabilidad que se establecen. La toma de muestra para los ensayos microbiológicos debe realizarse siguiendo los lineamientos de buenas prácticas de muestreo establecidos en la normativa. | JSON | |
24680 | Argentina | Se establecen los límites microbiológicos para los productos farmacéuticos no obligatoriamente estériles, de acuerdo con la vía de administración, de conformidad con los criterios establecidos en el ANEXO I, que forma parte integrante de la presente Disposición. Asimismo, quedan establecidos los lineamientos metodológicos indicados en la Farmacopea Argentina, versión vigente, tanto para productos estériles, como no obligatoriamente estériles, habida cuenta los capítulos correspondientes a “Métodos Generales de Análisis”. | JSON | |
24681 | Argentina | Se establecen criterios de aceptación microbiológicos para los ensayos de eficacia antimicrobiana de conservantes, de conformidad con los criterios establecidos en el ANEXO III (IF-2022-81024522-APN-INAME#ANMAT), que forma parte integrante de la presente Disposición, según los lineamientos metodológicos establecidos en la Farmacopea Argentina, versión vigente. | JSON | |
24682 | Argentina | Las empresas que elaboren y/o importen productos farmacéuticos deberán presentar para el registro del producto, de acuerdo con los Artículos 3º y 5º del Decreto 150/1992 o la normativa que en un futuro la reemplace o complemente, la metodología detallada y específica de los métodos de control microbiológico. Las empresas además deben presentar el ensayo de aptitud y parámetros de validez (ensayos preliminares) que avalen las metodologías específicas detalladas. Estos procedimientos deberán presentarse, también, en las tramitaciones de producto para nuevas formas farmacéuticas, nuevas concentraciones o cuando exista un cambio significativo en la composición o control del producto. | JSON | |
24683 | Argentina | Concentración máxima autorizada de filtros ultravioletas en los productos reglados: los filtros ultravioletas listados pueden ser adicionados en las formulaciones de productos dentro de los límites y condiciones detalladas. | JSON | |
24684 | Argentina | Requisitos de rotulado de los productos. | JSON |