Regulations
Id | Country | Name | Repealed at | |
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3639 | Colombia | Establece requisitos de calidad (Art. 7, 8, 9). Requisito de prueba o examen (Art. 10). Requisito de certificación (Art. 11, 18). | JSON | |
3640 | Colombia | Establece requisitos de calidad (Art. 7, 8, 9). Requisito de prueba o examen (Art. 10). Requisito de certificación (Art. 11, 18). | JSON | |
3641 | Colombia | Reglamento Técnico aplicable a dispositivos de seguridad para piscinas. Requisitos de evaluación de la conformidad. | JSON | |
3642 | Colombia | Registro Sanitario del producto en el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos -INVIMA- del Ministerio de Salud (art. 13). Certificado de venta libre del producto expedido por la autoridad sanitaria competente del país de origen, o certificación en la cual conste que el producto no es objeto de registro sanitario o autorización similar (art. 67). Requisitos de envasado (art. 69 y 80). Requisito de etiquetado (art. 87). | JSON | |
3643 | Colombia | Registro Sanitario del producto en el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos -INVIMA- del Ministerio de Salud (art. 13). Certificado de venta libre del producto expedido por la autoridad sanitaria competente del país de origen, o certificación en la cual conste que el producto no es objeto de registro sanitario o autorización similar (art. 67). Requisitos de envasado (art. 69 y 80). Requisito de etiquetado (art. 87). | JSON | |
3644 | Colombia | Registro Sanitario del producto en el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos -INVIMA- del Ministerio de Salud (art. 13). Certificado de venta libre del producto expedido por la autoridad sanitaria competente del país de origen, o certificación en la cual conste que el producto no es objeto de registro sanitario o autorización similar (art. 67). Requisitos de envasado (art. 69 y 80). Requisito de etiquetado (art. 87). | JSON | |
3645 | Colombia | Registro Sanitario del producto en el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos -INVIMA- del Ministerio de Salud (art. 13). Certificado de venta libre del producto expedido por la autoridad sanitaria competente del país de origen, o certificación en la cual conste que el producto no es objeto de registro sanitario o autorización similar (art. 67). Requisitos de envasado (art. 69 y 80). Requisito de etiquetado (art. 87). | JSON | |
3646 | Colombia | Registro del producto expedido por el Instituto Colombiano Agropecuario - ICA. Este registro sólo se expedirá cuando a juicio del Ministerio de Salud, el plaguicida no represente un grave riesgo para la salud humana, o el ambiente y no sea posible su sustitución adecuada por productos menos peligrosos. | JSON | |
3647 | Colombia | Registro del Importador ante el Instituto Colombiano Agropecuario - ICA (art. 2). Licencia de venta del producto para su comercialización en el país expedida por el mismo organismo (art. 11). Certificado de libre venta del producto en el país de origen, expedido por autoridad gubernamental competente (Art. 11. Num. 14). | JSON | |
3648 | Colombia | Registro del Importador ante el Instituto Colombiano Agropecuario - ICA (art. 2). Licencia de venta del producto para su comercialización en el país expedida por el mismo organismo (art. 11). Certificado de libre venta del producto en el país de origen, expedido por autoridad gubernamental competente (Art. 11. Num. 14). | JSON | |
3649 | Colombia | Registro sanitario del producto expedido por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, INVIMA (art. 13). Certificado de venta libre del producto expedido por la autoridad competente del país de origen, o certificado en el cual conste que el producto no es objeto de registro sanitario o autorización similar (art. 17). Requisitos de rotulado (arts. 26 y 27). | JSON | |
3650 | Colombia | Registro sanitario del producto expedido por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, INVIMA (art. 13). Certificado de venta libre del producto expedido por la autoridad competente del país de origen, o certificado en el cual conste que el producto no es objeto de registro sanitario o autorización similar (art. 17). Requisitos de rotulado (arts. 26 y 27). | JSON | |
3651 | Colombia | Registro sanitario del producto expedido por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, INVIMA (art. 13). Certificado de venta libre del producto expedido por la autoridad competente del país de origen, o certificado en el cual conste que el producto no es objeto de registro sanitario o autorización similar (art. 17). Requisitos de rotulado (arts. 26 y 27). | JSON | |
3653 | Colombia | Registro previo del producto. | JSON | |
3654 | Colombia | Registro de importación temporal ante el Organismo de tránsito de la jurisdicción del puerto por el cual ingresó la mercaderia. | JSON | |
3655 | Colombia | Procedimiento que el interesado (Titular del Registro Sanitario, productor o importador) deberá seguir para la entrega de muestras y documentación de los lotes a importar. Certificado de liberación del lote emitido por la Autoridad Nacional de Control del país de origen. Toma de muestras (art. 2). | JSON | |
3656 | Colombia | Procedimiento que el interesado (Titular del Registro Sanitario, productor o importador) deberá seguir para la entrega de muestras y documentación de los lotes a importar. Certificado de liberación del lote emitido por la Autoridad Nacional de Control del país de origen. Toma de muestras (art. 2). | JSON | |
3657 | Colombia | Expide la "Guía de Evaluación de la Inmunogenicidad para los Medicamentos Biológicos". Establece requisitos de evaluación y prueba (Anexo) y registro del producto (art. 5). | JSON | |
3658 | Colombia | Expide la "Guía de Evaluación de la Inmunogenicidad para los Medicamentos Biológicos". Establece requisitos de evaluación y prueba (Anexo) y registro del producto (art. 5). | JSON | |
3659 | Colombia | Certificado de Emisiones por Prueba Dinámica donde se consigne el cumplimiento de las normas de emisión por peso vehicular establecidas por el Ministerio del Medio Ambiente (art. 91). | JSON | |
3660 | Colombia | Certificado de Emisiones por Prueba Dinámica, el cual deberá contar con el visto bueno del Ministerio del Medio Ambiente. Dicho Certificado deberá ser expedido por la casa fabricante, o la que sea propietaria del diseño y acreditar que los vehículos automotores que se importen o ensamblen, cumplen con las normas de emisión por peso vehicular establecidas por el citado organismo a fin de controlar y reducir la contaminación atmosférica. Igualmente serán válidos aquellos certificados de conformidad o reportes técnicos de las pruebas o ensayos expedidos por la Autoridad Ambiental del país de origen (arts. 2 y 3). | JSON | |
3661 | Colombia | Certificado de Emisiones por prueba Dinámica el cual deberá contar con el visto bueno del Ministerio del Medio Ambiente (arts. 2 y 6). El informe técnico deberá ser expedido por un laboratorio reconocido como competente para la realización de dichas pruebas y acreditar que los vehículos automotores que se importen o ensamblen, cumplen con las normas de emisión por peso vehicular establecidas por el Ministerio del Medio Ambiente a fin de controlar y reducir la contaminación atmosférica (art. 3). Igualmente serán válidos aquellos certificados de conformidad o reportes técnicos de las pruebas o ensayos expedidos por la Autoridad Ambiental del país de origen. | JSON | |
3662 | Colombia | Certificado de aprobación o constancia de control de calidad expedida por una entidad nacional o internacional con experiencia y reconocimiento en este campo o el Registro Sanitario, en los que haya a lugar, expedido por la autoridad nacional competente (art. 12). | JSON | |
3663 | Colombia | Norma Técnica Colombiana NTC-5239, "Cascos para ciclistas y para usuarios de monopatines y patines de ruedas". Certificado de Conformidad de producto expedido por un Organismo de Certificación, debidamente acreditado ante el Sistema Nacional de Normalización, Certificación y Metrología (art. 4). | JSON | |
3664 | Colombia | Reglamento Técnico que deben cumplir los Cilindros y Tanques Estacionarios utilizados en la prestación del servicio público domiciliario de Gas Licuado del Petróleo, GLP. Certificado de Conformidad expedido por un Organismo Acreditado o reconocido a través de acuerdos de reconocimiento mutuo por la Superintendencia de Industria y Comercio (Numeral 6). | JSON |