Regulations
Id | Country | Name | Repealed at | |
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22898 | Colombia | Requisito de registro de importadores de flores o ramas cortadas ornamentales (Art. 1). | 13-03-2024 | JSON |
22899 | Colombia | Requisito de registro de exportadores de flores o ramas cortadas ornamentales (Art. 1). | 13-03-2024 | JSON |
22900 | Colombia | Se suspende temporalmente el registro de los productos formulados que contengan como ingrediente activo Fipronil y que dentro de los usos aporbados estén los acultivos de aguacate, café, cítricos y/o pasifloras (Art. 1), con el fin de minimizar el impacto de la producción agrícola en las abejas y otros polinizadores, así como prevenir y mitigar el envenenamiento y posible muerte de estos a causa de fipronil. | 04-09-2021 | JSON |
22901 | Colombia | Prohibición de la importación de cualquier variedad de asbesto y productos elaborados con el mismo por razones de protección a la vida y salud humana (Art. 2). | JSON | |
22903 | Colombia | Prohibición de la exportación de cualquier variedad de asbesto y productos elaborados con el mismo por razones de protección a la vida y salud humana (Art. 2). | JSON | |
22904 | Colombia | Contar con el Certificado Fitosanitario de Nacionalización para movilizar el material importado y entregar copia de este al trasportador (Art. 17). | 13-03-2024 | JSON |
22905 | Colombia | Visita técnica de verificación. Cumplido el proceso de registro y la presentación de la documentación que lo respalde, el ICA contará con 15 días hábiles para realizar la visita técnica para comprobar el cumplimiento de los requisitos (Art. 21). | 13-03-2024 | JSON |
22906 | Colombia | Requisitos específicos relativos al establecimiento de producción, su higiene y la identificación de zonas de residuos, almacenamiento de insumos y poscosecha, determinando ciertos requisitos a cumplir en las mismas (Art. 19). | 13-03-2024 | JSON |
22907 | El Salvador | Requisito de autorización especial de importación y comercialización de productos sanitarios (Art. 1). | 31-01-2021 | JSON |
22908 | El Salvador | En todo lo relacionado a la verificación de la seguridad, calidad y eficacia de los productos objeto del Decreto, se aplicará los reglamentos técnicos centroamericanos, Ley de Medicamentos y su Reglamento General y las disposiciones técnicas emitidas por la Dirección Nacional de Medicamentos (DNM) (Art. 4). La DNM emitirá la autorización una vez recibida la documentación que demuestre cumplimiento de lo solicitado (Art. 1). | 31-01-2021 | JSON |
22909 | El Salvador | Se condiciona la importación y el tránsito por el territorio nacional de las especies susceptibles a la infección por el virus de la Fiebre Aftosa, así como a los productos y subproductos derivados de las mismas al cumplimiento de las exigencias del presente normativa (Art. 2). Se realizará un análisis de riesgo, una verificación de procedencia de la procedencia, por lo que se requiere de una solicitud previa para la importación de los productos ante el Ministerio de Agricultura y Ganadería (Art. 4 y 5). | JSON | |
22910 | El Salvador | Identificación y registro animal, de manera individual o grupal dependiendo de la especie. Requisito de proporcionar toda información que permita conocer el origen, destino, manejo y muerte de los animales, productos y subproductos de origen pecuario y acuícola. | JSON | |
22911 | El Salvador | Identificación y registro animal, de manera individual o grupal dependiendo de la especie. Requisito de proporcionar toda información que permita conocer el origen, destino, manejo y muerte de los animales, productos y subproductos de origen pecuario y acuícola. | JSON | |
22912 | El Salvador | Requisito de registro de movilización y movimientos de animales, productos y subproductos. | JSON | |
22913 | El Salvador | Requisito de registro de actores (personas naturales o jurídicas), de establecimientos y de transportistas, dedicados o participantes en la producción primaria, procesamiento, almacenamiento, comercialización, exportación e importación, exhibición y transporte del sector pecuario y acuícola. | JSON | |
22914 | El Salvador | Se establece que las actividades de producción primaria, procesamiento, almacenamiento, comercialización, exportación e importación, exhibición y transporte de animales vivos, productos y subproductos, pecuarios y acuícolas, sean reguladas por el Sistema de registro e Identificación para la Trazabilidad Pecuario y Acuícola. | JSON | |
22915 | Cuba | Requisito de obtener una Licencia Sanitaria Veterinaria para la exportación de alimentos, materias primas y aditivos alimentarios de origen animal destinados al consumo humano o de origen animal, vegetal o mineral para la alimentación animal (Art. 52 Reglamento). | JSON | |
22916 | Cuba | Para la importación, exportación, comercialización y utilización de losproductos de uso veterinario y para la alimentación animal, se requiere que estos estén inscriptos en el Registro General de Medicamentos de Uso Veterinario Nacionales y de Importación o en el Registro Nacional de Productos para la Alimentación Animal, según corresponda (Art. 74.1 Reglamento). | JSON | |
22917 | Cuba | Requisito de certificación para la exportación. El certificado veterinario de exportación es el documento mediante elcual se autoriza el transporte de los animales y productos relacionados en el presente Reglamento, así como la realización de los trámites correspondientes con la Aduana Generalde la República de Cuba, y acompaña al objeto de exportación a su lugar de destino. | JSON | |
22918 | Nicaragua | Requisitos de trazabilidad para los productos exportados, la trazabilidad debe ser registrable y verificable desde el origen hasta el destino final, siendo procedente la exportación solo a titulares debidamente autorizados (Art. 14). | JSON | |
22919 | Nicaragua | Requisitos sanitarias y de infraestructura básica a los centros de acopio de productos pesqueros y acuícolas en el territorio nacional. | JSON | |
22920 | Nicaragua | Requisitos a la comercialización de mercancías o envíos, de acuerdo a categorías establecidas. A la categoría A de mercancías o envíos (de Alto Riesgo) se les solicita un Aviso de Ingreso que contenga los requisitos sanitarios o fitosanitarios previo al arribo a su territorio (Punto 2 y 5). | JSON | |
22921 | Nicaragua | Requisitos a la comercialización de mercancías o envíos, de acuerdo a categorías establecidas. A todas las categorías de mercancías o envíos se les solicita una inspección a su ingreso al Estado Parte de destino (Punto 5). | JSON | |
22922 | Nicaragua | Requisitos a la comercialización de mercancías o envíos, de acuerdo a categorías establecidas. A la categoría A y B de mercancías o envíos (de Alto Riesgo y Riesgo Mediano) se les solicita un Certificado Sanitario o Fitosanitario (Punto 5). | JSON | |
22923 | Cuba | Requisito a las entidades importadoras solicitar al Banco Central de Cuba la apertura de una cuenta bancaria en divisas para los ingresos provenientes de las ventas minoristas que realicen en esa moneda. En dicha cuenta bancaria se ingresa el ciento por ciento (100 %) de lasdivisas que se obtengan por las ventas que se realicen en esa moneda. La liquidez que por las ventas se reciba en estas cuentas es utilizada por lasentidades a que se refiere para reponer las mercancías que se comercializan en divisas o adquirir otras para su venta en igual moneda. | JSON |