Regulations
Id | Country | Name | Repealed at | |
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3247 | Colombia | Requsiitos fitosanitarios de importación. Permiso fitosanitario de improtación (art. 2.1). Certificado fitosanitario de improtación (art. 2.2). Tratamiento pre embarque (art. 2.2.2). Requisito de empaquetado (art. 2.2.4). Inspección fitosanitario (art. 2.2.5). | JSON | |
3248 | Colombia | Requsiitos fitosanitarios de importación. Permiso fitosanitario de improtación (art. 2.1). Certificado fitosanitario de improtación (art. 2.2). Tratamiento pre embarque (art. 2.2.2). Requisito de empaquetado (art. 2.2.4). Inspección fitosanitario (art. 2.2.5). | JSON | |
3249 | Colombia | Registro sanitario del producto en el Ministerio de Salud (art. 48). Certificado de venta libre del producto, expedido por la autoridad sanitaria del país de origen. La fecha de expedición de este documento, no podrá ser anterior en más de seis (6) meses a la solicitud de registro sanitario (art. 68). Inscripción de los importadores en el Ministerio de Salud (art. 106). Requisitos de rotulado (arts. 58 a 60). El Decreto Nº 3515/07 establece los requisitos sanitarios para la importación de bebidas alcohólicas del puerto libre de San Andrés, providencia y Santa Catalina al resto del territorio nacional. | 09-09-2013 | JSON |
3250 | Colombia | Registro sanitario del producto en el Ministerio de Salud (art. 48). Certificado de venta libre del producto, expedido por la autoridad sanitaria del país de origen. La fecha de expedición de este documento, no podrá ser anterior en más de seis (6) meses a la solicitud de registro sanitario (art. 68). Inscripción de los importadores en el Ministerio de Salud (art. 106). Requisitos de rotulado (arts. 58 a 60). El Decreto Nº 3515/07 establece los requisitos sanitarios para la importación de bebidas alcohólicas del puerto libre de San Andrés, providencia y Santa Catalina al resto del territorio nacional. | 09-09-2013 | JSON |
3251 | Colombia | Registro sanitario del producto en el Ministerio de Salud (art. 48). Certificado de venta libre del producto, expedido por la autoridad sanitaria del país de origen. La fecha de expedición de este documento, no podrá ser anterior en más de seis (6) meses a la solicitud de registro sanitario (art. 68). Inscripción de los importadores en el Ministerio de Salud (art. 106). Requisitos de rotulado (arts. 58 a 60). El Decreto Nº 3515/07 establece los requisitos sanitarios para la importación de bebidas alcohólicas del puerto libre de San Andrés, providencia y Santa Catalina al resto del territorio nacional. | 09-09-2013 | JSON |
3252 | Colombia | Registro sanitario del producto en el Ministerio de Salud (art. 48). Certificado de venta libre del producto, expedido por la autoridad sanitaria del país de origen. La fecha de expedición de este documento, no podrá ser anterior en más de seis (6) meses a la solicitud de registro sanitario (art. 68). Inscripción de los importadores en el Ministerio de Salud (art. 106). Requisitos de rotulado (arts. 58 a 60). El Decreto Nº 3515/07 establece los requisitos sanitarios para la importación de bebidas alcohólicas del puerto libre de San Andrés, providencia y Santa Catalina al resto del territorio nacional. | 09-09-2013 | JSON |
3253 | Colombia | Registro del Importador ante el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA (art. 5). Requisitos de empaquetado y rotulado (arts. 10 y 11). | 11-09-2015 | JSON |
3254 | Colombia | Registro del Importador ante el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA (art. 5). Requisitos de empaquetado y rotulado (arts. 10 y 11). | 11-09-2015 | JSON |
3255 | Colombia | Registro del Importador ante el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA (art. 5). Requisitos de empaquetado y rotulado (arts. 10 y 11). | 11-09-2015 | JSON |
3256 | Colombia | Certificado expedido por la entidad respectiva del país de origen declarando que la empresa productora cumple con los requisitos sanitarios establecidos en la norma y que el producto se encuentra libre de enfermedades, especialmente de pebrina. Registro del Importador en el Instituto Colombiano Agropecuario - ICA (arts. 2 y 7). | JSON | |
3257 | Colombia | Certificado expedido por la entidad respectiva del país de origen declarando que la empresa productora cumple con los requisitos sanitarios establecidos en la norma y que el producto se encuentra libre de enfermedades, especialmente de pebrina. Registro del Importador en el Instituto Colombiano Agropecuario - ICA (arts. 2 y 7). | JSON | |
3258 | Colombia | Certificado expedido por la entidad respectiva del país de origen declarando que la empresa productora cumple con los requisitos sanitarios establecidos en la norma y que el producto se encuentra libre de enfermedades, especialmente de pebrina. Registro del Importador en el Instituto Colombiano Agropecuario - ICA (arts. 2 y 7). | JSON | |
3259 | Colombia | Registro del Importador y de los productos en el Instituto Colombiano Agropecuario - ICA. El mencionado organismo tendrá a su cargo el control técnico de la calidad. Una vez realizados los controles y si los productos cumplen con los requisitos exigidos, el ICA autorizará la inscripción en el registro, el cual que tendrá una validez de tres años. | 23-08-2013 | JSON |
3260 | Colombia | Registro del Importador y de los productos en el Instituto Colombiano Agropecuario - ICA. El mencionado organismo tendrá a su cargo el control técnico de la calidad. Una vez realizados los controles y si los productos cumplen con los requisitos exigidos, el ICA autorizará la inscripción en el registro, el cual que tendrá una validez de tres años. | 23-08-2013 | JSON |
3261 | Colombia | Registro del Importador y de los productos en el Instituto Colombiano Agropecuario - ICA. El mencionado organismo tendrá a su cargo el control técnico de la calidad. Una vez realizados los controles y si los productos cumplen con los requisitos exigidos, el ICA autorizará la inscripción en el registro, el cual que tendrá una validez de tres años. | 23-08-2013 | JSON |
3262 | Colombia | Inscripción del Importador en el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA (arts. 12 y 13). | JSON | |
3263 | Colombia | Registro del Importador en el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA (art. 4). | JSON | |
3264 | Colombia | Registro del Importador ante el Instituto Colombiano Agropecuario (Artículos 6º, 7º, 8º y 9º). | 17-03-2020 | JSON |
3265 | Colombia | Reglamento Técnico que establece los requisitos sanitarios que debe cumplir el producto. Requisitos fisicoquímicos y microbiológicos. Inspección a cargo del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) (art. 13). Requisitos de rotulado y envasado (arts. 11 y 12). | JSON | |
3266 | Colombia | Reglamento Técnico que establece los requisitos sanitarios que debe cumplir el producto. Requisitos fisicoquímicos y microbiológicos. Inspección a cargo del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) (art. 13). Requisitos de rotulado y envasado (arts. 11 y 12). | JSON | |
3267 | Colombia | Reglamento Técnico que establece los requisitos sanitarios que debe cumplir el producto. Requisitos fisicoquímicos y microbiológicos. Inspección a cargo del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) (art. 13). Requisitos de rotulado y envasado (arts. 11 y 12). | JSON | |
3268 | Colombia | Registro del Importador en el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (art. 1º). | JSON | |
3269 | Colombia | Registro del Importador en el Instituto Colombiano Agropecuario (art. 9). Requisitos de rotulado (art. 13). | JSON | |
3270 | Colombia | Registro del Importador en el Instituto Colombiano Agropecuario (art. 9). Requisitos de rotulado (art. 13). | JSON | |
3271 | Colombia | Autoriza la importación de sustancias codificadas en fase de desarrollo al territorio nacional y se establecen los requisitos para otorgar el Registro a los Centros de Experimentación y Desarrollo Agronómico de Sustancias Codificadas en Fase de Investigación y/o Desarrollo de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola. | JSON |