Regulations
Id | Country | Name | Repealed at | |
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23655 | Brasil | Las jeringas hipodérmicas estériles de un solo uso para uso manual o en bomba de jeringa deben empaquetarse en un empaque que proteja el producto y mantenga su integridad desde su fabricación hasta su uso.Las jeringas hipodérmicas estériles de un solo uso para uso manual o en bomba de jeringa deben almacenarse y transportarse en condiciones que preserven su integridad y las protejan de la exposición al calor, la humedad y la luz. | JSON | |
23656 | Brasil | Además de los requisitos establecidos en esta resolución, las agujas hipodérmicas y gingivales también deben cumplir con los requisitos para la certificación de conformidad dentro del alcance del Sistema Brasileño de Evaluación de la Conformidad (SBAC). Los fabricantes e importadores nacionales pueden optar por el modelo de certificación con evaluación del sistema y pruebas sobre el producto o por el modelo de evaluación lote por lote. | JSON | |
23657 | Brasil | Las agujas hipodérmicas y las agujas gingivales deben estar libres de contaminantes que puedan suponer un riesgo para la salud humana. | JSON | |
23658 | Brasil | Los fabricantes de agujas hipodérmicas y agujas gingivales deben demostrar que existe compatibilidad con las jeringas, al momento de registrar y diseñar cambios en el producto. Las agujas hipodérmicas y las agujas gingivales se pueden lubricar externamente. Las cánulas de agujas hipodérmicas y agujas gingivales pueden ser rectas o tubulares cónicas, de sección circular y su superficie externa debe estar limpia, libre de asperezas y ondulaciones. | JSON | |
23659 | Brasil | Las agujas hipodérmicas deben cumplir los determinados requisitos mínimos. | JSON | |
23660 | Brasil | Las agujas gingivales deben cumplir los determinados requisitos mínimos de calidad y de características. | JSON | |
23661 | Brasil | Las agujas hipodérmicas y las agujas gingivales deben colocarse en protectores de plástico y empaquetarse en paquetes unitarios.La presentación de agujas hipodérmicas y agujas gingivales en forma de un conjunto de dispositivos médicos está permitida cuando está destinada a un solo procedimiento. | JSON | |
23662 | Brasil | La redacción del etiquetado de agujas hipodérmicas y agujas gingivales deberá cumplir con los requisitos especificados en las correspondientes referencias normativas nacionales e internacionales y la legislación sanitaria aplicada a productos sanitarios, según anexo. | JSON | |
23663 | Brasil | Las agujas hipodérmicas estériles de un solo uso deben ser almacenadas y transportadas en condiciones que preserven su integridad, en particular y las protejan de la exposición al calor, la humedad y la luz. | JSON | |
23664 | Argentina | Continúa la investigación por presunto dumping en las operaciones de exportación hacia la REPÚBLICA ARGENTINA de “Plaquitas de vidrio, incluso con soporte, para mosaicos o decoraciones similares”, originarias de la REPÚBLICA DE TURQUÍA y del REINO DE TAILANDIA, mercadería que clasifica en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 7016.10.00. | 20-12-2021 | JSON |
23665 | Argentina | Se fija a las operaciones de exportación hacia la REPÚBLICA ARGENTINA de “Plaquitas de vidrio, incluso con soporte, para mosaicos o decoraciones similares”, un derecho antidumping provisional bajo la forma de un derecho específico de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOCE CON SESENTA Y CINCO CENTAVOS (U$S 12,65) por metro cuadrado para las originarias de la REPÚBLICA DE TURQUÍA y de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CATORCE CON SETENTA Y SEIS CENTAVOS (U$S 14,76) por metro cuadrado para las originarias del REINO DE TAILANDIA. | 20-12-2021 | JSON |
23666 | Argentina | Se cierra investigación y se fija a las operaciones de exportación hacia la REPÚBLICA ARGENTINA del producto descripto en el artículo precedente, una medida definitiva bajo la forma de un derecho específico de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOCE CON CUARENTA Y OCHO CENTAVOS (U$S 12,48) por metro cuadrado para las originarias de la REPÚBLICA DE TURQUÍA y de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CATORCE CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS (U$S 14,57) por metro cuadrado para las originarias del REINO DE TAILANDIA. | JSON | |
23667 | Argentina | Establece los contenidos netos y contenidos netos libres para determinados productos preenvasados. | JSON | |
23668 | Argentina | Será obligatorio para todos los administrados y todas las administradas que requieran exportar Corvina Rubia (Micropogonias furnieri) solicitar la emisión del Certificado de Control de Carga a la Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera de la SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA mediante la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD). No se emitirá dicho certificado en tanto no se verifique la legalidad de la totalidad de la captura de cada marea vinculada a la exportación. Los armadores o las armadoras y/o exportadores o exportadoras que requieran la emisión del Certificado de Control de Carga para la especie Corvina Rubia (Micropogonias furnieri) deberán completar electrónicamente la Declaración Jurada de Exportación de Pesca del Certificado de Control de Carga para la especie Corvina Rubia. | JSON | |
23669 | Argentina | Fíjase el pago de arancel para la emisión del Certificado de Control de Carga para la especie de Corvina Rubia (Micropogonias furnieri). | JSON | |
23670 | Argentina | Se realiza apertura de investigación por presunto dumping en las operaciones de exportación hacia la REPÚBLICA ARGENTINA de “Placas, láminas, hojas y tiras de poli (Metacrilato de Metilo) exclusivamente, no celular, sin metalizar, de espesor superior o igual a 2mm, pero inferior o igual a 200mm, incluso presentadas con láminas de protección descartables en una o ambas caras y placas, láminas, hojas y tiras de poli (Metacrilato de Metilo) exclusivamente, no celular, sin metalizar; cuadradas o rectangulares con los vértices ligeramente redondeados, incluso combinados con plástico bordeando todo su perímetro, de espesor superior o igual a 2mm pero inferior o igual a 200mm, presentadas con o sin láminas descartables de protección en una o ambas caras”, originarios de la REPÚBLICA POPULAR CHINA, mercadería que clasifica en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 3920.51.00 y 3926.90.90. | 23-12-2022 | JSON |
23671 | Argentina | Se realiza la apertura de investigación por presunto dumping en operaciones de exportación hacia la REPÚBLICA ARGENTINA de “benzoato de sodio”, originarios de la REPÚBLICA POPULAR CHINA y del REINO DE LOS PAÍSES BAJOS, mercadería que clasifica en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 2916.31.21. | 28-10-2022 | JSON |
23672 | Argentina | Se suspende hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive, la exportación definitiva y/o suspensiva, con destino al exterior del país, de los siguientes Cortes Bovinos frescos, enfriados o congelados: Reses Enteras, Medias Reses, Cuarto Delantero Con Hueso, Cuarto Trasero Con Hueso, Medias reses incompletas con Hueso, Cuartos delanteros incompletos con Hueso. | 31-12-2023 | JSON |
23673 | Argentina | Los siguientes Cortes Preferidos (frescos, enfriados o congelados) se encontrarán limitados, hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive, para su exportación definitiva y/o suspensiva, con destino al exterior del país: Asado con o sin hueso; Falda; Matambre; Tapa de asado; Nalga; Paleta; Vacío. | 31-12-2023 | JSON |
23674 | Argentina | Establece requerimientos de etiquetado a los productos vitivinícolas liberados al consumo importados. | JSON | |
23675 | Argentina | Establece requerimientos de etiquetado a los productos vitivinícolas liberados al consumo para su exportación. | JSON | |
23676 | Brasil | Establece el fin de la investigación con la aplicación de derecho antidumping definitivo, por un plazo de hasta 5 (cinco) años, a las importaciones brasileñas de anhídrido ftálico, comúnmente clasificado en la subpartida 2917.35.00 de la Nomenclatura Común MERCOSUR - NCM, con origen en Israel y Rusia | JSON | |
23677 | Brasil | Prorrogar la aplicación de la cuota antidumping definitiva, por un período de hasta 5 (cinco) años, aplicada a las importaciones brasileñas de neumáticos de construcción radial, de llantas 20", 22" y 22,5", para uso en autobuses y camiones, comúnmente clasificados en la subpartida 4011.20.90 de la Nomenclatura Común del MERCOSUR - NCM, con origen en China. | JSON | |
23678 | Brasil | Iniciar la revisión de la cuota compensatoria impuesta por la Resolución CAMEX N° 127, de 22 de diciembre de 2016, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOU) de 23 de diciembre de 2016, aplicada a las importaciones brasileñas de N-Butanol, comúnmente clasificado en sub- artículo 2905.13 .00 de la Nomenclatura Común del Mercosur - NCM, con origen en Sudáfrica y Rusia. | 21-12-2022 | JSON |
23679 | Brasil | Se inicia la revisión del derecho antidumping impuesto por la Resolución CAMEX N° 126, de 22 de diciembre de 2016, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOU) de 23 de diciembre de 2016, aplicada a las importaciones brasileñas de vajillas de vidrio, comúnmente clasificadas en sub -ítems 7013.49.00, 7013.28.00 y 7013.37.00 de la Nomenclatura Común MERCOSUR - NCM, originarias de Argentina, China e Indonesia | 30-06-2022 | JSON |