Regulations
Id | Country | Name | Repealed at | |
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23809 | Perú | Los animales deben estar debidamente identificados, que permita hacer el rastreo. | JSON | |
23810 | Perú | Los animales han sido sometidos a una cuarentena de cuarenta y cinco (45) días previo al embarque, en un establecimiento autorizado por la autoridad oficial competente del país exportador. Además, los animales que arriben a la República del Perú serán sometidos a una cuarentena posentrada en un establecimiento supervisado por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA por un periodo mínimo de treinta (30) días. | JSON | |
23811 | Perú | Durante la cuarentena los animales fueron sometidos a las siguientes pruebas con resultado negativo: Tuberculosis: Prueba de tuberculina; o, Prueba de gamma interferón.Brucelosis: Prueba con antígeno de brucella tamponado; o, Prueba de fijación de complemento; o, ELISA; o, Prueba de polarización de la fluorescencia. | JSON | |
23812 | Perú | Los animales deben ser inspeccionados por un médico veterinario oficial o médico veterinario autorizado por la autoridad oficial competente del país exportador, a fin de verificar que se encuentren exentos de todo signo de enfermedades infecciosas, contagiosas, heridas o parásitos antes de entrar a la estación de cuarentena, durante la cuarentena y previo al embarque. | JSON | |
23813 | Perú | El transporte de los animales destinados a la exportación, desde el sitio de origen hasta el centro de cuarentena y de este al lugar de embarque, se debe realizar en vehículos previamente lavados y desinfectados bajo la supervisión de un médico veterinario oficial o médico veterinario autorizado por la autoridad oficial competente del país exportador.La jaula de transporte de los animales fue lavada, desinsectada y desinfectada previamente al embarque de los animales, utilizando productos autorizados por el país exportador, y no han estado en contacto con animales ajenos a la exportación. | JSON | |
23814 | Perú | Se aprueban los requisitos sanitarios para la importación de embriones de bovino procedentes de la República Federal de Alemania, conforme se detallaen el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Directoral. Se autoriza la emisión de los permisossanitarios de importación para la mercancía pecuaria indicada. | JSON | |
23815 | Perú | Requisito de certificación que de conformidad con ciertas declaraciones adicionales sobre el país de exportación del producto. | JSON | |
23816 | Perú | Requisitos de pruebas y muestreo. | JSON | |
23817 | Perú | Requisitos sobre el transporte y almacenaje de los embriones. | JSON | |
23818 | Perú | Establece cuotas de exportación de alpacas y llamas (Art. 1). | 31-12-2022 | JSON |
23819 | Paraguay | Establece límites máximos de aditivos y sustancias en carnes y productos cárnicos. | JSON | |
23820 | Panamá | Se impone una salvaguardia especial agrícola bajo el Tratado de Libre Comercio entre Panamá y Canadá, sobre la fracción arancelaria 0203.29.00.00.00 que comprende "carne de la especie porcina que no sean piernas o paletas". | JSON | |
23821 | Panamá | Se impone una salvaguardia especial agrícola bajo el tratado de promoción comercial vigente entre Panamá y Estados Unidos de América sobre ciertos productos de carne de cerdo. | JSON | |
23822 | Panamá | Se impone una salvaguardia bajo el Tratado de Promoción Comercial vigente entre Panamá y Estados Unidos de América sobre ciertos productos denominados "Otros quesos". | JSON | |
23823 | Panamá | Se impone una salvaguarda especial agrícola bajo el Tratado de Promoción Comercial vigente entre Panamá y Estados Unidos de América sobre determinadas fracciones de yogurt. | JSON | |
23824 | Honduras | Las personas naturales o jurídicas importadoras de leche, productos y sub productos lácteos en sus diferentes presentaciones con destino a latransformación; deberán estar registradas, certificadas y bajo inspección del SENASA, así como cumplir cualquier normativa vigente. | JSON | |
23825 | Honduras | Las personas naturales o jurídicas importadoras de leche, productos y sub productos lácteos en sus diferentes presentaciones con destino a latransformación; deberán estar registradas, certificadas y bajo inspección del SENASA, así como cumplir cualquier normativa vigente. | JSON | |
23826 | Honduras | Las personas naturales o jurídicas importadoras de leche, productos y sub productos lácteos en sus diferentes presentaciones con destino a latransformación; deberán estar registradas, certificadas y bajo inspección del SENASA, así como cumplir cualquier normativa vigente. | JSON | |
23827 | Ecuador | Permiso Fitosanitario de Importación, emitido por el área respectiva de la Agencia deRegulación y Control Fito y Zoosanitario. | JSON | |
23828 | Ecuador | Certificado Fitosanitario de Exportación otorgado por la Organización Nacional deProtección Fitosanitaria (ONPF) de Portugal que consigne lo siguiente:Declaración adicional:“Éste envío cumple con el plan de trabajo operativo para la exportación de fruta demanzana (Malus domestica) originaria de Portugal al Ecuador. Está libre de cualquier plaga cuarentenaria de preocupación para el Ecuador, correspondiente al Anexo 1 delPlan de Trabajo Operativo". | JSON | |
23829 | Ecuador | El envío viene libre de suelo y cualquier material extraño. | JSON | |
23830 | Ecuador | El envío estará contenido en empaques nuevos de primer uso y deben estar libres decualquier material extraño. | JSON | |
23831 | Ecuador | Inspección fitosanitaria en el punto de ingreso. | JSON | |
23832 | México | La presente Norma Oficial Mexicana establece la información comercial en los productos textiles, prendas de vestir, susaccesorios y ropa de casa. La información comercial a que se refiere la presente Norma Oficial Mexicana, es aplicable a los productos textiles, prendas de vestir, sus accesorios y ropa de casa antes de su internación al país, elaborados con materiales textiles aun cuando contengan plásticos u otros materiales y que se destinen al consumidor final y que se comercialicen dentro del territorio de los EstadosUnidos Mexicanos. El etiquetado de los productos textiles, prendas de vestir, sus accesorios y ropa de casa comprende cinco rubros importantes: La información del responsable del producto. País de origen. La composición de fibras (descripción de insumos). Las instrucciones de cuidado (conservación y limpieza). Las tallas de las prendas y dimensiones o medidas en la ropa de casa y textiles. La presente Norma Oficial Mexicana es aplicable al responsable del producto objeto de esta norma. | JSON | |
23833 | México | Final del procedimiento administrativo de investigación antidumping sobre las importaciones de trietanolaminaoriginarias de los Estados Unidos de América, independientemente del país de procedencia. Se imponen cuotas compensatorias definitivas a las importaciones de trietanolamina, que ingresen por la fracción arancelaria 2922.15.01 de la TIGIE, o por cualquier otra, originarias de los Estados Unidos,independientemente del país de procedencia. | JSON |