Regulations
Id | Country | Name | Repealed at | |
---|---|---|---|---|
25135 | Brasil | Requisitos fitosanitarios para la importación de semillas de hipoestes (Hypoestes phyllostachya) producidas en Costa Rica. Los envíos están sujetos a inspección en el punto de entrada (Inspección Fitosanitaria - IF), así como a la toma de muestras para análisis fitosanitario en laboratorios oficiales o acreditados por el Ministerio de Agricultura y Ganadería. | JSON | |
25136 | Bolivia | Se establece el Registro Único de Mercurio - RUME a cargo del Ministerio de Medio Ambiente y Agua a través del Viceministerio de Medio Ambiente, Biodiversidad, Cambios Climáticos y de Gestión y Desarrollo Forestal, con el fin de registrar a toda persona natural o jurídica, pública o privada que pretenda realizar actividades de importación, exportación o comercialización de mercurio. Los requisitos necesarios para la inscripción de cualquier persona natural o jurídica, pública o privada en el RUME, serán reglamentados por el Ministerio de Medio Ambiente y Agua. | JSON | |
25137 | Bolivia | Se establece el Registro Único de Mercurio - RUME a cargo del Ministerio de Medio Ambiente y Agua a través del Viceministerio de Medio Ambiente, Biodiversidad, Cambios Climáticos y de Gestión y Desarrollo Forestal, con el fin de registrar a toda persona natural o jurídica, pública o privada que pretenda realizar actividades de importación, exportación o comercialización de mercurio. Los requisitos necesarios para la inscripción de cualquier persona natural o jurídica, pública o privada en el RUME, serán reglamentados por el Ministerio de Medio Ambiente y Agua. | JSON | |
25138 | Bolivia | El Ministerio de Medio Ambiente y Agua, a través del Viceministerio de Medio Ambiente, Biodiversidad, Cambios Climáticos y de Gestión y Desarrollo Forestal, emitirá la Autorización Previa para la importación o exportación de mercurio, clasificado en la subpartida arancelaria 2805.40.00.00. Para dar cumplimiento al Parágrafo precedente, el Consentimiento Escrito previsto en el Convenio de Minamata sobre Mercurio, se constituirá en requisito para que el Ministerio de Medio Ambiente y Agua emita la Autorización Previa para la importación o exportación de mercurio. Los requisitos, las condiciones y los procedimientos para la otorgación de la Autorización Previa para la importación o exportación de mercurio, serán reglamentados por el Ministerio de Medio Ambiente y Agua. | JSON | |
25139 | Bolivia | El Ministerio de Medio Ambiente y Agua, a través del Viceministerio de Medio Ambiente, Biodiversidad, Cambios Climáticos y de Gestión y Desarrollo Forestal, emitirá la Autorización Previa para la importación o exportación de mercurio, clasificado en la subpartida arancelaria 2805.40.00.00. Para dar cumplimiento al Parágrafo precedente, el Consentimiento Escrito previsto en el Convenio de Minamata sobre Mercurio, se constituirá en requisito para que el Ministerio de Medio Ambiente y Agua emita la Autorización Previa para la importación o exportación de mercurio. Los requisitos, las condiciones y los procedimientos para la otorgación de la Autorización Previa para la importación o exportación de mercurio, serán reglamentados por el Ministerio de Medio Ambiente y Agua. | JSON | |
25140 | Uruguay | Se fija para las operaciones de exportación hacia Uruguay de calentadores eléctricos de agua, con tanque de acumulación de acero, de tipo doméstico, de 15 a 120 litros de capacidad originarios de la República Popular China correspondiente al ítem arancelario 8516.10.00.10, un derecho antidumping ad valorem de 12% para la empresa productora Guangdong Gemake Electric Appliance Co.,Ltd.; un derecho ad valorem de 35% para las empresas productoras Wuhu Midea Kitchen & Bath Appliances Mfg.Co.,Ltd. y Candy Hoover Group y para el resto de los exportadores de China del producto similar un derecho antidumping ad valorem del 35%. | JSON | |
25141 | Uruguay | Se fija el precio por la prestación del servicio de evaluación de la conformidad que realiza el LATU respecto de los productos importados, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Ley Nº 13.318, de 28 de diciembre de 1964, y el artículo 164 de la Ley Nº 13.640, de 26 de diciembre de 1967, en un 0,5% (cero con cinco por ciento) del valor CIF de la importación de los alimentos objeto de control, a partir de la vigencia del presente Decreto. | JSON | |
25142 | Uruguay | Las exportaciones de productos que sean considerados no tradicionales a la vigencia de la presente ley, así como a partir de la misma, deberán abonar en el Banco de la República Oriental del Uruguay, al liquidarse el cumplido de embarque de exportación, un impuesto del 2.5 o/oo (dos con cinco por mil), del valor FOB de la exportación, que será destinado al Laboratorio Tecnológico del Uruguay (LATU). En el caso de las exportaciones de productos de la actividad pesquera el destino del tributo referido será la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos (DINARA). A partir del 1° de enero de 2021, en el caso de las exportaciones de productos farmacéuticos de uso humano, el destino del tributo referido será la Agencia de Evaluación de Tecnologías Sanitarias. | JSON | |
25143 | Brasil | Iniciar revisión del derecho antidumping instituido por la Resolución CAMEX N° 39 de 13 de junio de 2018, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOU) de 14 de junio de 2018, aplicado a las Importaciones Brasileñas de Acero Inoxidable Austenítico para Coser, de los grados 304 y 316, con diámetro exterior, de 6 mm y no superior a 2,032 mm, con espesor de 0,40 m e igual o inferior a 1 2,70 mm, comúnmente clasificados en los ítems 7306.40.00 y 7306.90.20 de la Nomenclatura Común Mercosur-NCM, originarios de Malasia, Tailandia y Vietnam. | JSON | |
25144 | Brasil | Iniciar una revisión de la tasa antidumping instituida por la Resolución CAMEX N° 40, de 18 de julio de 2018, publicada en el Diario Oficial (DOU) de 19 de julio de 2018, aplicada a las importaciones brasileñas de medios de molienda en hierro fundido y/o acero aleado al cromo, con un porcentaje de cromo de 17,6 a 22 y un diámetro de 57 a 64 mm, un porcentaje de cromo de 22 a 28 y diámetro de 11 a 28 mm, y porcentaje de cromo de 28 a 32 y diámetro de 22 a 35 mm, clasificados comúnmente en la subpartida 7325.91. | JSON | |
25145 | Brasil | Iniciar una investigación para verificar la existencia de subsidios sujetos a medidas compensatorias otorgadas a productores chinos que exportaron cables de fibra óptica a Brasil, comúnmente clasificados en la subpartida 8544.70.10 de la Nomenclatura Común del MERCOSUR - NCM. | 04-09-2023 | JSON |
25146 | Brasil | Requisitos fitosanitarios para la importación de semillas de Coleus Coleus scutellarioides producidas en Costa Rica. El envío debe estar acompañado de un Certificado Fitosanitario - CF, emitido por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria - ONPF de Costa Rica. | JSON | |
25147 | Brasil | Requisitos fitosanitarios para la importación de semillas de Coleus Coleus scutellarioides producidas en Costa Rica. Los envíos están sujetos a inspección en el punto de entrada (Inspección Fitosanitaria - FI), así como a la toma de muestras para análisis fitosanitarios en laboratorios oficiales o acreditados por el Ministerio de Agricultura y Ganadería - MAPA. | JSON | |
25148 | Brasil | Requisitos fitosanitarios para la importación de semillas de Coleus Coleus scutellarioides producidas en Costa Rica. Los envíos están sujetos a inspección en el punto de entrada (Inspección Fitosanitaria - FI), así como a la toma de muestras para análisis fitosanitarios en laboratorios oficiales o acreditados por el Ministerio de Agricultura y Ganadería - MAPA. | JSON | |
25149 | Brasil | Requisitos fitosanitarios para la importación de semillas de Torenia fournieri producidas en Costa Rica. El envío debe estar acompañado de un Certificado Fitosanitario - CF, emitido por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria - ONPF de Costa Rica. | JSON | |
25150 | Brasil | Requisitos fitosanitarios para la importación de semillas de Torenia fournieri producidas en Costa Rica. Los envíos están sujetos a inspección en el punto de ingreso (Inspección Fitosanitaria - IF), así como a la toma de muestras para análisis fitosanitarios en laboratorios oficiales o acreditados por el Ministerio de Agricultura y Ganadería. | JSON | |
25151 | Brasil | Requisitos fitosanitarios para la importación de semillas de Torenia fournieri producidas en Costa Rica. Los envíos están sujetos a inspección en el punto de ingreso (Inspección Fitosanitaria - IF), así como a la toma de muestras para análisis fitosanitarios en laboratorios oficiales o acreditados por el Ministerio de Agricultura y Ganadería. | JSON | |
25152 | Brasil | Requisitos fitosanitarios para la importación de semillas de caléndula (Tagetes erecta) producidas en México. Los envíos están sujetos a inspección en el punto de ingreso (Inspección Fitosanitaria - IF), así como a la toma de muestras para análisis fitosanitarios en laboratorios oficiales o acreditados por el Ministerio de Agricultura y Ganadería. | JSON | |
25153 | Brasil | Requisitos fitosanitarios para la importación de semillas de caléndula (Tagetes erecta) producidas en México. Los envíos están sujetos a inspección en el punto de ingreso (Inspección Fitosanitaria - IF), así como a la toma de muestras para análisis fitosanitarios en laboratorios oficiales o acreditados por el Ministerio de Agricultura y Ganadería. | JSON | |
25154 | Brasil | Requisitos fitosanitarios para la importación de semillas de caléndula (Tagetes erecta) producidas en México. El envío deberá estar acompañado de un Certificado Fitosanitario - CF, emitido por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria - ONPF de México. | JSON | |
25155 | Brasil | Requisitos fitosanitarios para la importación de semillas de boca de dragón (Antirrhinum majus) producidas en Guatemala. El envío deberá estar acompañado de un Certificado Fitosanitario - CF, emitido por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria - ONPF de Guatemala. | JSON | |
25156 | Brasil | Requisitos fitosanitarios para la importación de semillas de boca de dragón (Antirrhinum majus) producidas en Guatemala. Los envíos están sujetos a inspección en el punto de ingreso (Inspección Fitosanitaria - IF), así como a la toma de muestras para análisis fitosanitarios en laboratorios oficiales o acreditados por el Ministerio de Agricultura y Ganadería. | JSON | |
25157 | Brasil | Requisitos fitosanitarios para la importación de semillas de boca de dragón (Antirrhinum majus) producidas en Guatemala. Los envíos están sujetos a inspección en el punto de ingreso (Inspección Fitosanitaria - IF), así como a la toma de muestras para análisis fitosanitarios en laboratorios oficiales o acreditados por el Ministerio de Agricultura y Ganadería. | JSON | |
25158 | Brasil | Requisitos fitosanitarios para la importación de semillas de pepino (Cucumis sativus), de cualquier origen. Las semillas deberán estar envasadas en envases de primer uso y libres de tierra. | JSON | |
25159 | Brasil | Requisitos fitosanitarios para la importación de semillas de pepino (Cucumis sativus), de cualquier origen. Las semillas deben estar acompañadas de un Certificado Fitosanitario, emitido por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria - ONPF del país de origen, con determinadas declaraciones adicionales. | JSON |