Regulations
Id | Country | Name | Repealed at | |
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26396 | Chile | Establécese como derecho antidumping provisional de 33,5% a las importaciones de bolas de acero para molienda convencionales de diámetro inferior a 4 pulgadas, originarias de la República Popular China, clasificadas en el código arancelario 7326.1111 del Sistema Armonizado Chileno, aplicable a partir de la publicación del presente decreto en el Diario Oficial y hasta la publicación de aquel que se pronuncie sobre la aplicación o no de medidas definitivas. La duración de las medidas no podrá exceder del término de 6 meses, contados desde el 27 de marzo de 2024. | 27-09-2024 | JSON |
26397 | Chile | Establécese como derecho antidumping provisional de 24,9% a las importaciones de barras de acero para la fabricación de bolas convencionales para molienda de diámetro inferior a 4 pulgadas, originarias de la República Popular China, clasificadas en el código arancelario 7228.3000 del Sistema Armonizado Chileno, aplicable a partir de la publicación del presente decreto en el Diario Oficial y hasta la publicación de aquel que se pronuncie sobre la aplicación o no de medidas definitivas. La duración de las medidas no podrá exceder del término de 6 meses, contados desde el 27 de marzo de 2024. | 27-09-2024 | JSON |
26398 | Chile | Requisitos sobre las condiciones sanitarias para el transporte terrestre de alimentos para animales especificados en la presente Resolución. | JSON | |
26399 | Chile | Requisito de autorización. Se restablece la autorización contenida en la resolución N° 8.186, de 2013, que regula los requisitos fitosanitarios de importación a frutos frescos para consumo de palto (Persea americana) variedad Hass, respecto del Departamento de Áncash, Perú, para realizar exportaciones a Chile, la cual está condicionada al cumplimiento de lo establecido en la presente resolución. | JSON | |
26400 | Chile | Tratamientos de fumigación o control de plagas. Requisito de implementar en el lugar de producción involucrado en la intercepción en Chile de la plaga Stenoma catenifer, vigilancia permanente durante el periodo de 12 meses, a contar de la entrada en vigor de la presente resolución, y que considera determinadas especificaciones presentadas en la Resolución. | JSON | |
26401 | Chile | Requisitos de prueba. Toma de muestras con especificaciones determinadas en la presente Resolución. | JSON | |
26402 | Chile | Requisito de inspección. Se inspeccionarán los frutos. Se deberá inspeccionar pulpa y semillas para determinar presencia de larvas, junto a la superficie de frutos, con especial énfasis en su pedicelo, para la detección de huevos. | JSON | |
26403 | Chile | Requisito de certificación de importación para importar los frutos al país. | JSON | |
26404 | Chile | Requisito de trazabilidad. Los envíos deben ser sometidos al nuevo sistema de trazabilidad de Senasa, que aplica desde la inscripción de cada lugar de producción, empacadora y exportador, con sus respectivas asociaciones, hasta el momento de la exportación de los envíos, y cuyo detalle consta en Acta de Reunión Bilateral SAG/Senasa llevada a cabo los días 29 y 30 de abril de 2024 en la ciudad de Arica. | JSON | |
26405 | Chile | Requisito de certificación. El envío deberá venir amparado por un Certificado Fitosanitario Oficial del país de origen con Declaraciones Adicionales. | JSON | |
26406 | Chile | Requisito de tratamiento térmico. El envío fue sometido a un tratamiento térmico, para el control de semillas de malezas de interés cuarentenario para Chile especificado en la presente resolución. | JSON | |
26407 | Chile | Requisitos sobre el lugar de producción especificado en la presente resolución. | JSON | |
26408 | Chile | Requisito de prueba. Los envíos deberán ser sometidos a un muestreo para determinar, mediante análisis de laboratorio, la ausencia de malezas cuarentenarias para Chile. | JSON | |
26409 | Chile | Requisitos en materia de higiene especificados en la presente resolución. | JSON | |
26410 | Chile | Requisitos de envasado y embalaje especificados en la presente resolución. | JSON | |
26411 | Chile | Requisito de inspección. Cada partida será inspeccionada por el SAG en el punto de ingreso, para la verificación física y documental de los requisitos fitosanitarios establecidos para su importación. | JSON | |
26412 | Colombia | Se da el inicio de una investigación de carácter administrativo con el objeto de determinar la existencia, grado y efectos en la rama de producción nacional, de un supuesto “dumping” en las importaciones de sulfato de manganeso, clasificadas por la subpartida arancelaria 2833.29.90.00 originarias de la República Popular China. Mediante Resolución N° 157-2024 se imponen derechos antidumping provisionales a las importaciones Sulfato de Manganeso, clasificadas por la subpartida arancelaria 3904.10.20.00 originarias de China, los cuales consistirán en un gravamen ad valorem de 33,41%. | 27-12-2024 | JSON |
26413 | Colombia | Se prohíbe la exportación, reexportación e importación, de productos y subproductos de las especies de tiburones y rayas marinas, de manera especial de aletas de tiburón, cuyo transporte o tenencia como carga, menaje personal o equipaje acompañante en medios de transporte terrestre, marítimo, fluvial o aéreo no estará permitido. Así mismo la comercialización nacional. | JSON | |
26414 | Colombia | Se prohíbe la exportación, reexportación e importación, de productos y subproductos de las especies de tiburones y rayas marinas, de manera especial de aletas de tiburón, cuyo transporte o tenencia como carga, menaje personal o equipaje acompañante en medios de transporte terrestre, marítimo, fluvial o aéreo no estará permitido. Así mismo la comercialización nacional. | JSON | |
26415 | Colombia | Se da inicio a una investigación de carácter administrativo con el objeto de determinar la existencia, grado y efectos en la rama de producción nacional, de un supuesto “dumping” en las importaciones de lámina lisa galvanizada y galvalume y teja galvanizada y galvalume originarias de la República Popular China, clasificadas por las subpartidas 7210.41.00.00, 7210.49.00.00, 7210.61.00.00, 7210.69.00.00, 7225.92. 00.90 y 7225.99.00.90. | 23-01-2025 | JSON |
26416 | Colombia | Se da inicio a una investigación de carácter administrativo con el objeto de determinar la existencia, grado y efectos en la rama de producción nacional, de un supuesto “dumping” en las importaciones de vidrio flotado incoloro en placas o en hojas, originarias de la República Popular China, clasificadas por las subpartidas 7005.29.10.00 y 7005.29.90.00. | 16-05-2025 | JSON |
26417 | El Salvador | Se prohíbe la importación de especies pecuarias de países reportados con la presencia de GBG. | 19-04-2025 | JSON |
26418 | Costa Rica | Se establece como medida sanitaria indicar en el material de empaque de los alimentos la identificación de los establecimientos que los procesan, empacan o envasan. En caso de productos importados, el número de identificación del establecimiento otorgado por la Autoridad Competente. | JSON | |
26419 | Costa Rica | Requisitos de etiquetado. Especificaciones en el presente Reglamento Técnico. | JSON | |
26420 | Costa Rica | Requisitos de certificación. Especificaciones en el presente Reglamento Técnico. | JSON |