Regulations
Id | Country | Name | Repealed at | |
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26444 | Perú | Requisito de certificación. El animal o los animales estarán amparados por un certificado sanitario de exportación expedido por la autoridad oficial competente de la República Oriental del Uruguay. | JSON | |
26445 | Perú | Requisitos sobre el proceso de cría y el lugar de establecimiento de los animales especificados en la presente resolución. | JSON | |
26446 | Perú | Requisito de prueba. Se exigen determinadas pruebas especificadas en la presente resolución. | JSON | |
26447 | Perú | Requisito de inspección. Los animales han sido inspeccionados en el momento de su embarque, en el establecimiento de origen, en el establecimiento de cuarentena y en el punto de salida del país por un médico veterinario oficial del país exportador, quien ha comprobado su identidad y constatado la ausencia de tumoraciones, heridas frescas o en proceso de cicatrización, ni signo alguno de enfermedades que afecten a la especie, ni presencia de ectoparásitos. | JSON | |
26448 | Perú | Requisito de cuarentena. A su llegada a la República del Perú, los ovinos permanecerán en cuarentena por un periodo mínimo de treinta (30) días, en un lugar autorizado por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA), sometiéndose a las medidas sanitarias que se dispongan, las que incluyen pruebas diagnósticas, cuyos costos serán asumidos por los usuarios. | JSON | |
26449 | Perú | Requisito de tratamiento antiparasitario. Los ovinos recibieron dos (2) tratamientos contra parásitos internos y externos con productos autorizados en el país exportador durante los últimos sesenta (60) días antes del embarque y el último tratamiento se realizó ocho (8) días antes del embarque. | JSON | |
26450 | Perú | Requisitos sobre las condiciones de transporte. El vehículo o vehículos de transporte, local o internacional, fueron lavados y desinfectados previamente al embarque del animal o de los animales, utilizando productos autorizados por la autoridad oficial competente de la República Oriental del Uruguay. Durante el transporte, los animales fueron protegidos contra insectos vectores, no fueron expuestos a ninguna fuente de infección ni estuvieron en contacto con animales ajenos a la exportación; y se adoptaron las medidas necesarias para asegurar las condiciones sanitarias y el bienestar animal, según las recomendaciones de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA). | JSON | |
26451 | Perú | Requisito de certificación. Los animales deberán estar amparados por un certificado sanitario de exportación emitido por la autoridad oficial competente de los Estados Unidos de América. | JSON | |
26452 | Perú | Requisitos sobre los procesos de cría y el establecimiento de los animales especificados en la presente resolución. | JSON | |
26453 | Perú | Tratamientos antiparasitarios. Dentro de los treinta (30) días anteriores a la exportación, los animales fueron tratados contra parásitos internos y externos con productos aprobados para su uso en los Estados Unidos de América (indicar nombre del producto, lote, laboratorio, productor, dosis de aplicación y fecha de aplicación). Los animales han sido desparasitados dos (2) veces en los últimos cuarenta y cinco (45) días antes de la exportación (indicar nombre del producto y las fechas). | JSON | |
26454 | Perú | Requisito de inspección. Los animales fueron inspeccionados durante el aislamiento y antes del embarque por el médico veterinario acreditado por el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (USDA, por sus siglas en inglés), quien verificó la identidad de los animales y confirmó la ausencia de tumores, heridas frescas o en proceso de cicatrización, y cualquier otro signo clínico de enfermedad transmisible, incluida la presencia de ectoparásitos y dermatofilosis. | JSON | |
26455 | Perú | Requisitos sobre las condiciones de transporte. El transporte de los animales para exportación se realiza en vehículos previamente lavados y desinfectados, y bajo la supervisión del médico veterinario acreditado por el USDA, donde los animales no tendrán contacto con animales distintos a los de exportación. Durante el transporte se adoptarán todas las medidas y precauciones para el mantenimiento de las condiciones sanitarias y el bienestar de los animales. | JSON | |
26456 | Perú | Requisito de cuarentena. A su llegada a la República del Perú, los animales permanecerán en cuarentena por un periodo mínimo de treinta (30) días en un lugar autorizado por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA. | JSON | |
26457 | Perú | Requisito de certificación. El producto deberá estar amparado por un certificado sanitario de exportación expedido por la autoridad oficial competente de la República Federativa de Brasil. | JSON | |
26458 | Perú | Requisitos sobre el procesamiento y elaboración de los alimentos especificados en la presente resolución. | JSON | |
26459 | Perú | Requisitos de inspección. Los productos fueron sometidos a inspección oficial ante mortem y no presentaron síntomas de enfermedad neurológica; e inspección oficial post mortem y no presentaron lesiones de enfermedades que impidan el proceso de sus productos para la elaboración de harinas. | JSON | |
26460 | Perú | Tratamiento de calor. La materia prima ha sido sometida a tratamiento térmico en una atmósfera saturada de vapor cuya temperatura asciende a 133ºC durante veinte (20) minutos como mínimo, con una presión absoluta de tres (3) bares. | JSON | |
26461 | Perú | Requisito de trazabilidad. El establecimiento tiene implementado un sistema de rastreabilidad para harinas de carne y hueso de la especie bovina, desde la producción primaria, establecimientos de procesamiento primario, hasta su destino final, verificado por la autoridad sanitaria competente del país de origen y/o procedencia. | JSON | |
26462 | Perú | Requisitos de envase. El producto fue acondicionado en envases de primer uso, de material impermeable y resistente, debidamente rotulado y marcado con sello oficial que permita localizar el establecimiento de origen y las fechas de producción y vigencia; y se ha tomado las precauciones necesarias después de su procesamiento para evitar el contacto con cualquier fuente potencial de contaminación. | JSON | |
26463 | Perú | Requisitos de etiquetado. El producto fue debidamente rotulado y marcado con sello oficial que permita localizar el establecimiento de origen y las fechas de producción y vigencia. El empaque tiene impresa la leyenda: “Prohibido su uso en la alimentación de rumiantes”. | JSON | |
26464 | Perú | Requisitos sobre las condiciones de transporte. Previo a la carga del producto, el contenedor fue lavado y desinfectado; y luego de ello fue precintado en la República Federativa de Brasil y debe permanecer así hasta la llegada a la República del Perú. El número del precinto está indicado en el certificado sanitario de exportación. | JSON | |
26465 | Perú | Requisito de certificación. El producto deberá estar amparado por un certificado sanitario de exportación expedido por la autoridad oficial competente de la República Federativa de Brasil. | JSON | |
26466 | Perú | Requisitos sobre el procesamiento y elaboración de los alimentos especificados en la presente resolución. | JSON | |
26467 | Perú | Requisitos de inspección. Los productos fueron sometidos a inspección ante mortem y post mortem, y fue considerado apto para la alimentación animal. | JSON | |
26468 | Perú | Tratamiento térmico a una temperatura superior a 200°C, durante por lo menos dos (2) minutos; o, Tratamiento térmico a una temperatura superior a 121°C, durante por lo menos diez (10) minutos a una presión absoluta de tres (3) bares; o, Proceso de secado (spray-drying) a una temperatura mínima de entrada de 180°C y una temperatura mínima de salida de 80°C. | JSON |