Regulations
Id | Country | Name | Repealed at | |
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28128 | Perú | Requisito de prueba o ensayo. El Inspector del SENASA deberá tomar una muestra del envío para remitirla a la Unidad del Centro de Diagnóstico de Sanidad Vegetal del SENASA, a fin de descartar la presencia de plagas enunciadas en la declaración adicional. El costo del diagnóstico será asumido por el importador. | JSON | |
28129 | Perú | Tratamiento de fumigación. Tratamiento preembarque con: (excepto plantas in vitro) Aspersión en alto volumen (Drench) con thiabendazole 1.3 ‰ + thiram 2 ‰; o, Cualquier otro producto de acción equivalente. | JSON | |
28130 | Perú | Requisitos de envasado. Los envases serán nuevos y de primer uso, cerrados y resistentes al manipuleo, libres de material extraño al producto, debidamente rotulados con el nombre del producto y el país de origen. | JSON | |
28131 | Perú | Requisitos de etiquetado. Los envases serán debidamente rotulados con el nombre del producto y el país de origen. | JSON | |
28132 | Perú | Requisito de cuarentena. El envío deberá ser sometido a cuarentena posentrada por un periodo de seis (6) meses. En dicho periodo, el material instalado en el lugar de producción autorizado deberá ser sometido por el SENASA a dos (2) inspecciones obligatorias para el seguimiento de la cuarentena posentrada y a una (1) inspección obligatoria final para el levantamiento de la cuarentena posentrada, de cuyos resultados se dispondrá el destino final del producto. | JSON | |
28133 | Perú | Imponer derechos antidumping definitivos sobre las importaciones de cubiertos de mesa estándar (tenedor, cuchara, cucharita y cuchillo) de metal común, con un espesor de hasta 1.5 milímetros, originarios de la República Popular China, por un periodo de cinco (5) años, según el siguiente detalle: Derechos antidumping definitivos sobre las importaciones de cubiertos originarios de la República Popular China y precio tope de importación para la aplicación de tales derechos (En US$ por kilogramo). | JSON | |
28134 | Perú | Se suspende por un periodo de noventa (90) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral, la importación de mercancías pecuarias que puedan transmitir o sirvan de vehículo del virus que causa la enfermedad de la fiebre aftosa, de origen y procedencia de la República de Hungría y la República Eslovaca. | 18-08-2025 | JSON |
28135 | Perú | Se suspende por un periodo de noventa (90) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral, la importación de mercancías pecuarias de origen aviar que puedan transmitir o sirvan de vehículo del virus que causa la enfermedad Influenza Aviar de Alta Patogenicidad, procedentes de la República Federativa de Brasil. | 22-08-2025 | JSON |
28136 | Venezuela | Requisito de prueba o ensayo especificado en el presente Reglamento Técnico. | JSON | |
28137 | Venezuela | Requisito calidad especificado en el presente Reglamento Técnico. | JSON | |
28138 | Venezuela | Requisitos sobre la producción del producto especificado en el presente Reglamento Técnico. | JSON | |
28139 | Venezuela | Requisito de certificación de evaluación a la conformidad especificado en el presente Reglamento Técnico. | JSON | |
28140 | Venezuela | Requisito de etiquetado del producto especificado en el presente Reglamento Técnico. | JSON | |
28141 | Venezuela | Requisito de autorización a importadores especificado en el presente Reglamento Técnico. | JSON | |
28142 | Venezuela | Se prohíbe la importación de topes de cocción eléctricos o mixtas y cocinas eléctricas o mixtas, con parámetro de eficiencia energética clase D, establecido en la Table N°1 de este Reglamento Técnico. No se permitirá la importación de cocinas eléctricas portátiles y resistencias eléctricas con potencia nominal superior a 1000 W, por área de cocción. Se prohíbe la importación de cocinas portátiles de uso doméstico que se encuentren usadas, remanufacturadas, reconstruidas, reparadas o repotenciadas. | JSON | |
28143 | Venezuela | Requisito de autorización a importadores especificado en el presente Reglamento Técnico. | JSON | |
28144 | Venezuela | Requisito calidad especificado en el presente Reglamento Técnico. | JSON | |
28145 | Venezuela | Se prohíbe la importación de transformadores de potencia reconstruidos. | JSON | |
28146 | Venezuela | Requisito calidad especificado en el presente Reglamento Técnico. | JSON | |
28147 | Venezuela | Requisito de prueba o ensayo especificado en el presente Reglamento Técnico. | JSON | |
28148 | Venezuela | Requisito de etiquetado del producto especificado en el presente Reglamento Técnico. | JSON | |
28149 | Venezuela | Requisito de embalaje y empaque del producto especificado en el presente Reglamento Técnico. | JSON | |
28150 | Venezuela | Requisito de certificación de evaluación a la conformidad especificado en el presente Reglamento Técnico. | JSON | |
28151 | Venezuela | Requisito de autorización a importadores especificado en el presente Reglamento Técnico. | JSON | |
28152 | Venezuela | Requisito calidad especificado en el presente Reglamento Técnico. | JSON |