Regulations
Id | Country | Name | Repealed at | |
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5595 | Chile | Registro sanitario del producto en el Instituto de Salud Pública. El registro será válido por un período de cinco años, contados desde la fecha de su aprobación y será otorgado previa solicitud del interesado y pago del derecho arancelario correspondiente. Certificado de libre venta expedido por la autoridad sanitaria del país exportador en el que conste los requisitos establecidos en la norma. Requisitos de rotulado (arts. 39 a 41). La Resolución N° 4127/2016 establece restricciones de concetración y condiciones de rotulación de jabones cosméticos con triclosán y triclocarban. | JSON | |
5596 | Chile | Registro sanitario del producto en el Instituto de Salud Pública. El registro será válido por un período de cinco años, contados desde la fecha de su aprobación y será otorgado previa solicitud del interesado y pago del derecho arancelario correspondiente. Certificado de libre venta expedido por la autoridad sanitaria del país exportador en el que conste los requisitos establecidos en la norma. Requisitos de rotulado (arts. 39 a 41). La Resolución N° 4127/2016 establece restricciones de concetración y condiciones de rotulación de jabones cosméticos con triclosán y triclocarban. | JSON | |
5597 | Chile | Porcentajes mínimos de germinación y pureza. Además deberán ajustarse a los requisitos sanitarios y otras exigencias que para cada especie se establezca por resolución del Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero (num. 1). Requisitos de rotulado (nums. 2, 4,7 y 8). | JSON | |
5598 | Chile | Porcentajes mínimos de germinación y pureza. Además deberán ajustarse a los requisitos sanitarios y otras exigencias que para cada especie se establezca por resolución del Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero (num. 1). Requisitos de rotulado (nums. 2, 4,7 y 8). | JSON | |
5599 | Chile | Reglamento Técnico. Registro del producto en el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) (arts. 3 y 4). Certificado de Libre Venta en el país de origen (art. 5). Requisitos de envasado y rotulado (arts. 51 y 52). Control de calidad (arts. 28 y ss.). | JSON | |
5600 | Chile | Reglamento Técnico. Registro del producto en el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) (arts. 3 y 4). Certificado de Libre Venta en el país de origen (art. 5). Requisitos de envasado y rotulado (arts. 51 y 52). Control de calidad (arts. 28 y ss.). | JSON | |
5601 | Chile | Reglamento Técnico. Registro del producto en el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) (arts. 3 y 4). Certificado de Libre Venta en el país de origen (art. 5). Requisitos de envasado y rotulado (arts. 51 y 52). Control de calidad (arts. 28 y ss.). | JSON | |
5602 | Chile | Reglamento Técnico. Registro del producto en el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) (arts. 3 y 4). Certificado de Libre Venta en el país de origen (art. 5). Requisitos de envasado y rotulado (arts. 51 y 52). Control de calidad (arts. 28 y ss.). | JSON | |
5603 | Chile | Requisitos de rotulado. (Ver al final del texto el Oficio Circular Nº 0513/06 del Servicio Nacional de Aduanas). | JSON | |
5604 | Chile | Reglamento Técnico de Rotulación y Símbolo para el cuidado de las prendas. La Norma NCh1210.Of1984 establece la información que deben contener las etiquetas de las prendas de vestir que se comercialicen en el mercado interno, cualquiera sea su origen o procedencia. | JSON | |
5605 | Chile | Requisitos de rotulado. | JSON | |
5606 | Chile | Requisitos de rotulado. | JSON | |
5607 | Chile | Advertencia que se debe incluir en rótulos y folletos de información al profesional y paciente. | JSON | |
5608 | Chile | Requisitos de seguridad para los juguetes. Deberán cumplir con la norma NCh 1773 de 2005 (art. 11). Requisitos de etiquetado (TITULO III). Ver NOTA al final del texto. | JSON | |
5609 | Chile | Requisitos de seguridad para los juguetes. Deberán cumplir con la norma NCh 1773 de 2005 (art. 11). Requisitos de etiquetado (TITULO III). Ver NOTA al final del texto. | JSON | |
5610 | Chile | Requisitos de rotulado (TÍTULO IV). | JSON | |
5611 | Chile | Requisitos de rotulado. Etiqueta de Eficiencia Energética y Certificado de Aprobación de Eficiencia. Se establece la entrada en vigencia de la norma para cada uno de los productos (num. 4). | JSON | |
5612 | Chile | Registro en el Instituto de Salud Pública válido por un periodo de 5 años (arts. 3 y 15). Certificado de Destinación Aduanera para la internación emitido por la autoridad sanitaria del lugar de ingreso. Autorización del Instituto de Salud Pública para su comercialización en el país, la cual deberá ser expedida dentro de los 3 días hábiles de presentada la solicitud (art. 54). Requisitos de rotulado (arts. 26 a 39). | JSON | |
5613 | Chile | Registro en el Instituto de Salud Pública válido por un periodo de 5 años (arts. 3 y 15). Certificado de Destinación Aduanera para la internación emitido por la autoridad sanitaria del lugar de ingreso. Autorización del Instituto de Salud Pública para su comercialización en el país, la cual deberá ser expedida dentro de los 3 días hábiles de presentada la solicitud (art. 54). Requisitos de rotulado (arts. 26 a 39). | JSON | |
5614 | Chile | Registro en el Instituto de Salud Pública válido por un periodo de 5 años (arts. 3 y 15). Certificado de Destinación Aduanera para la internación emitido por la autoridad sanitaria del lugar de ingreso. Autorización del Instituto de Salud Pública para su comercialización en el país, la cual deberá ser expedida dentro de los 3 días hábiles de presentada la solicitud (art. 54). Requisitos de rotulado (arts. 26 a 39). | JSON | |
5615 | Chile | Requisitos de rotulado. | JSON | |
5616 | Chile | Requisitos de rotulado (nums. 3 al 6). | JSON | |
5617 | Chile | Declaración del Importador indicando que serán utilizadas exclusivamente para el monitoreo de plagas (num. 2). Requisitos de rotulado (num. 3). | JSON | |
5618 | Chile | Declaración del Importador indicando que serán utilizadas exclusivamente para el monitoreo de plagas (num. 2). Requisitos de rotulado (num. 3). | JSON | |
5619 | Chile | Requisitos de rotulado. | JSON |