Regulations
Id | Country | Name | Repealed at | |
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1330 | Brasil | Importación prohibida (art. 11). | 19-09-2015 | JSON |
1331 | Brasil | Prohibiciones geográficas temporales por razones MSF. | JSON | |
1332 | Brasil | Prohibiciones geográficas temporales por razones MSF. | JSON | |
1333 | Brasil | Prohibición de importaciones. | JSON | |
1335 | Brasil | Autorización de Importación emitida por el Ministerio de Agicultura, Abastecimiento y Reforma Agraria (art. 1º). En el Certificado Fitosanitario deberá constar en forma de Declaración Adicional que los granos fueron producidos en áreas libres de las siguientes plagas cuarentenarias: Moniliophthora roreri, Oncobasidium theobromae y Striga spp. y que la partida se encuentra libre de Xylosandrus campactus, Planococcoides njalensis, Planococcus lilacinus, Earias biplaga y Parasa lepida (art. 3 y 4).Inspección fitosanitaria a su llegada al país a fin de evitar la introducción de plagas cuarentenarias (art. 5). | JSON | |
1336 | Brasil | Autorización de Importación emitida por el Ministerio de Agicultura, Abastecimiento y Reforma Agraria (art. 1º). En el Certificado Fitosanitario deberá constar en forma de Declaración Adicional que los granos fueron producidos en áreas libres de las siguientes plagas cuarentenarias: Moniliophthora roreri, Oncobasidium theobromae y Striga spp. y que la partida se encuentra libre de Xylosandrus campactus, Planococcoides njalensis, Planococcus lilacinus, Earias biplaga y Parasa lepida (art. 3 y 4).Inspección fitosanitaria a su llegada al país a fin de evitar la introducción de plagas cuarentenarias (art. 5). | JSON | |
1337 | Brasil | Autorización de Importación emitida por el Ministerio de Agicultura, Abastecimiento y Reforma Agraria (art. 1º). En el Certificado Fitosanitario deberá constar en forma de Declaración Adicional que los granos fueron producidos en áreas libres de las siguientes plagas cuarentenarias: Moniliophthora roreri, Oncobasidium theobromae y Striga spp. y que la partida se encuentra libre de Xylosandrus campactus, Planococcoides njalensis, Planococcus lilacinus, Earias biplaga y Parasa lepida (art. 3 y 4).Inspección fitosanitaria a su llegada al país a fin de evitar la introducción de plagas cuarentenarias (art. 5). | JSON | |
1338 | Brasil | Autorización Previa de Importación emitida por el Ministerio de Agricultura y Reforma Agraria (art. 9). Registro del Importador ante el Ministerio de Agricultura y Reforma Agraria (art. 5º). Dicho organismo establecerá patrones tecnológicos e higiénico-sanitarios para semen y embriones destinados a la comercialización, inclusive en cuanto a la garantía de identidad y calidad (art. 7). Inspección y fiscalización a cargo del Ministerio de Agricultura y Reforma Agraria antes de proceder a su desaduanamiento a los efectos de verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el documento de autorización (arts. 1,2 y 9). Ver disposiciones de la Ley Nº 6446/77 al final del texto. | JSON | |
1339 | Brasil | Autorización Previa de Importación emitida por el Ministerio de Agricultura y Reforma Agraria (art. 9). Registro del Importador ante el Ministerio de Agricultura y Reforma Agraria (art. 5º). Dicho organismo establecerá patrones tecnológicos e higiénico-sanitarios para semen y embriones destinados a la comercialización, inclusive en cuanto a la garantía de identidad y calidad (art. 7). Inspección y fiscalización a cargo del Ministerio de Agricultura y Reforma Agraria antes de proceder a su desaduanamiento a los efectos de verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el documento de autorización (arts. 1,2 y 9). Ver disposiciones de la Ley Nº 6446/77 al final del texto. | JSON | |
1340 | Brasil | Autorización Previa de Importación emitida por el Ministerio de Agricultura y Reforma Agraria (art. 9). Registro del Importador ante el Ministerio de Agricultura y Reforma Agraria (art. 5º). Dicho organismo establecerá patrones tecnológicos e higiénico-sanitarios para semen y embriones destinados a la comercialización, inclusive en cuanto a la garantía de identidad y calidad (art. 7). Inspección y fiscalización a cargo del Ministerio de Agricultura y Reforma Agraria antes de proceder a su desaduanamiento a los efectos de verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el documento de autorización (arts. 1,2 y 9). Ver disposiciones de la Ley Nº 6446/77 al final del texto. | JSON | |
1341 | Brasil | Autorización Previa de Importación emitida por el Ministerio de Agricultura y Reforma Agraria (art. 9). Registro del Importador ante el Ministerio de Agricultura y Reforma Agraria (art. 5º). Dicho organismo establecerá patrones tecnológicos e higiénico-sanitarios para semen y embriones destinados a la comercialización, inclusive en cuanto a la garantía de identidad y calidad (art. 7). Inspección y fiscalización a cargo del Ministerio de Agricultura y Reforma Agraria antes de proceder a su desaduanamiento a los efectos de verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el documento de autorización (arts. 1,2 y 9). Ver disposiciones de la Ley Nº 6446/77 al final del texto. | JSON | |
1342 | Brasil | Autorización previa del Departamento de Defensa Animal de la Secretaría de Defensa Agropecuaria, que hará el análisis de riesgo caso por caso, a los efectos de prevenir la introducción del virus de la enfermedad de Newcastle (art. 2º). | JSON | |
1343 | Brasil | Permiso Fitosanitario de Importación emitido por la Secretaría de Defensa Agropecuaria - SDA. Certificado Fitosanitario - CF emitido por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria - ONPF, con las Declaraciones Adicionales establecidas especificamente en la norma. Envases nuevos y de primer uso. Las partidas procedentes de la Costa de Marfil serán embarcados en los Puertos de Abidjan y/o San Pedro y las procedentes de Gana deberán ser embarcadas por el Puerto de Takoradi. En ambos casos deberán estar acompañadas de los respectivos Certificados de Fumigación, emitidos por la empresa fumigadora, habilitada por la ONPF del respectivo país (art. 1º, num I, II, III, IV y IX). | JSON | |
1344 | Brasil | Permiso Fitosanitario de Importación emitido por la Secretaría de Defensa Agropecuaria - SDA. Certificado Fitosanitario - CF emitido por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria - ONPF, con las Declaraciones Adicionales establecidas especificamente en la norma. Envases nuevos y de primer uso. Las partidas procedentes de la Costa de Marfil serán embarcados en los Puertos de Abidjan y/o San Pedro y las procedentes de Gana deberán ser embarcadas por el Puerto de Takoradi. En ambos casos deberán estar acompañadas de los respectivos Certificados de Fumigación, emitidos por la empresa fumigadora, habilitada por la ONPF del respectivo país (art. 1º, num I, II, III, IV y IX). | JSON | |
1345 | Brasil | Permiso Fitosanitario de Importación emitido por la Secretaría de Defensa Agropecuaria - SDA. Certificado Fitosanitario - CF emitido por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria - ONPF, con las Declaraciones Adicionales establecidas especificamente en la norma. Envases nuevos y de primer uso. Las partidas procedentes de la Costa de Marfil serán embarcados en los Puertos de Abidjan y/o San Pedro y las procedentes de Gana deberán ser embarcadas por el Puerto de Takoradi. En ambos casos deberán estar acompañadas de los respectivos Certificados de Fumigación, emitidos por la empresa fumigadora, habilitada por la ONPF del respectivo país (art. 1º, num I, II, III, IV y IX). | JSON | |
1346 | Brasil | Permiso Fitosanitario de Importación emitido por la Secretaría de Defensa Agropecuaria - SDA. Certificado Fitosanitario - CF emitido por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria - ONPF, con las Declaraciones Adicionales establecidas especificamente en la norma. Envases nuevos y de primer uso. Las partidas procedentes de la Costa de Marfil serán embarcados en los Puertos de Abidjan y/o San Pedro y las procedentes de Gana deberán ser embarcadas por el Puerto de Takoradi. En ambos casos deberán estar acompañadas de los respectivos Certificados de Fumigación, emitidos por la empresa fumigadora, habilitada por la ONPF del respectivo país (art. 1º, num I, II, III, IV y IX). | JSON | |
1347 | Brasil | Permiso Fitosanitario de Importación emitido por la Secretaría de Defensa Agropecuaria - SDA. Certificado Fitosanitario - CF emitido por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria - ONPF, con las Declaraciones Adicionales establecidas especificamente en la norma. Envases nuevos y de primer uso. Las partidas procedentes de la Costa de Marfil serán embarcados en los Puertos de Abidjan y/o San Pedro y las procedentes de Gana deberán ser embarcadas por el Puerto de Takoradi. En ambos casos deberán estar acompañadas de los respectivos Certificados de Fumigación, emitidos por la empresa fumigadora, habilitada por la ONPF del respectivo país (art. 1º, num I, II, III, IV y IX). | JSON | |
1348 | Brasil | Autorización Previa de Importación emitida por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Abastecimiento de Brasil (art. 2º). Certificado Zoosanitario en la lengua oficial del país exportador y en portugués, visado por el consulado brasileño, certificando las garantías requeridas por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Abastecimiento (art. 1º). Cuarentena en el país de origen y en el momento de ingreso a Brasil (art. 3º). Pruebas de diagnóstico (art. 4º, 5º y 6º). | JSON | |
1349 | Brasil | Autorización Previa de Importación emitida por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Abastecimiento de Brasil (art. 2º). Certificado Zoosanitario en la lengua oficial del país exportador y en portugués, visado por el consulado brasileño, certificando las garantías requeridas por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Abastecimiento (art. 1º). Cuarentena en el país de origen y en el momento de ingreso a Brasil (art. 3º). Pruebas de diagnóstico (art. 4º, 5º y 6º). | JSON | |
1350 | Brasil | Autorización Previa de Importación emitida por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Abastecimiento de Brasil (art. 2º). Certificado Zoosanitario en la lengua oficial del país exportador y en portugués, visado por el consulado brasileño, certificando las garantías requeridas por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Abastecimiento (art. 1º). Cuarentena en el país de origen y en el momento de ingreso a Brasil (art. 3º). Pruebas de diagnóstico (art. 4º, 5º y 6º). | JSON | |
1351 | Brasil | Autorización Previa de Importación emitida por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Abastecimiento de Brasil (art. 2º). Certificado Zoosanitario en la lengua oficial del país exportador y en portugués, visado por el consulado brasileño, certificando las garantías requeridas por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Abastecimiento (art. 1º). Cuarentena en el país de origen y en el momento de ingreso a Brasil (art. 3º). Pruebas de diagnóstico (art. 4º, 5º y 6º). | JSON | |
1352 | Brasil | Autorización Previa de Importación emitida por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Abastecimiento de Brasil (art. 2º). Certificado Zoosanitario en la lengua oficial del país exportador y en portugués, visado por el consulado brasileño, certificando las garantías requeridas por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Abastecimiento (art. 1º). Cuarentena en el país de origen y en el momento de ingreso a Brasil (art. 3º). Pruebas de diagnóstico (art. 4º, 5º y 6º). | JSON | |
1353 | Brasil | Autorización Previa de Importación emitida por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Abastecimiento - MAPA - (ANEXO, num 3). Certificado Zoosanitario emitido en la lengua oficial del país exportador y en portugués, firmado o endosado por veterinario del Servicio Veterinario Oficial del país exportador atendiendo las exigencias sanitarias del MAPA. Dicho certificado deberá ajustarse al modelo recomendado en el Código Zoosanitario Internacional de la OIE, complementado con las informaciones sanitarias que se exigen especificamente (ANEXO num 4 y II). El Centro de Recolección y Procesamiento de Semen (CRPS) debe estar registrado y aprobado por el Servicio Veterinario Oficial del país exportador (ANEXO num. 1 y 2). | JSON | |
1354 | Brasil | Autorización Previa de Importación emitida por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Abastecimiento - MAPA - (ANEXO, num 3). Certificado Zoosanitario emitido en la lengua oficial del país exportador y en portugués, firmado o endosado por veterinario del Servicio Veterinario Oficial del país exportador atendiendo las exigencias sanitarias del MAPA. Dicho certificado deberá ajustarse al modelo recomendado en el Código Zoosanitario Internacional de la OIE, complementado con las informaciones sanitarias que se exigen especificamente (ANEXO num 4 y II). El Centro de Recolección y Procesamiento de Semen (CRPS) debe estar registrado y aprobado por el Servicio Veterinario Oficial del país exportador (ANEXO num. 1 y 2). | JSON | |
1355 | Brasil | Autorización Previa de Importación emitida por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Abastecimiento - MAPA - (ANEXO, num 3). Certificado Zoosanitario emitido en la lengua oficial del país exportador y en portugués, firmado o endosado por veterinario del Servicio Veterinario Oficial del país exportador atendiendo las exigencias sanitarias del MAPA. Dicho certificado deberá ajustarse al modelo recomendado en el Código Zoosanitario Internacional de la OIE, complementado con las informaciones sanitarias que se exigen especificamente (ANEXO num 4 y II). El Centro de Recolección y Procesamiento de Semen (CRPS) debe estar registrado y aprobado por el Servicio Veterinario Oficial del país exportador (ANEXO num. 1 y 2). | JSON |