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Regulations

Id Country Name Repealed at
19303 Uruguay Reglamento Técnico MERCOSUR de identidad y calidad de la crema de leche a granel de uso industrial. Establece requisitos de composición, calidad, higiene, muestreo y transporte. JSON
19304 Uruguay Reglamento Técnico MERCOSUR de identidad y calidad de la crema de leche a granel de uso industrial. Establece requisitos de composición, calidad, higiene, muestreo y transporte. JSON
19305 Uruguay Establece límites máximos de contaminantes inorgánicos (basándose en los límites establecidos en el Reglamento Técnico MERCOSUR GMC N° 12/11). 29-04-2016 JSON
19306 Uruguay Reglamento Técnico MERCOSUR. JSON
19307 Uruguay Reglamento Técnico MERCOSUR. JSON
19308 Uruguay Deben cumplir con las cualidades analíticas y organolépticas establecidas especificamente (arts. 3º y 4º). Requisitos de envasado (arts. 6º y 7º). Requisitos de rotulado (arts. 8 al 13). JSON
19309 Uruguay Deben cumplir con las cualidades analíticas y organolépticas establecidas especificamente (arts. 3º y 4º). Requisitos de envasado (arts. 6º y 7º). Requisitos de rotulado (arts. 8 al 13). JSON
19310 Uruguay Deben cumplir con las cualidades analíticas y organolépticas establecidas especificamente (arts. 3º y 4º). Requisitos de envasado (arts. 6º y 7º). Requisitos de rotulado (arts. 8 al 13). JSON
19311 Uruguay Deben cumplir con las cualidades analíticas y organolépticas establecidas especificamente (arts. 3º y 4º). Requisitos de envasado (arts. 6º y 7º). Requisitos de rotulado (arts. 8 al 13). JSON
19312 Uruguay Reglamento Técnico sobre lista de materias primas permitidas para la fabricación de papeles, cartulinas y cartones en contacto con alimentos. JSON
19313 Uruguay Reglamento Técnico que establece los requisitos generales y los criterios de evaluación,aprobación/autorización y registro de los productos (num. 3). Requisitos de rotulado (num. 4). JSON
19314 Uruguay Reglamento Técnico que establece los requisitos generales y los criterios de evaluación,aprobación/autorización y registro de los productos (num. 3). Requisitos de rotulado (num. 4). JSON
19315 Uruguay Reglamento Técnico MERCOSUR. Condiciones generales y criterios de evaluación de los productos. Requisitos de aptitud sanitaria (numerales 1 y 2 del Reglamento anexo). JSON
19316 Uruguay Reglamento Técnico MERCOSUR. Lista de resinas y polímeros permitidos. 10-01-2020 JSON
19317 Uruguay Nivel Máximo de plomo que podrán contener estos productos. Inscripción del Importador en el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (art. 6). La Resolución s/n de 26/08/11 establece los requisitos de rotulado que deberán cumplir las etiquetas de los envases de las pinturas, barnices, tintas gráficas y masterbatches. JSON
19318 Uruguay Reglamento Técnico MERCOSUR. Buenas Prácticas de Manufactura. Los productos deberán ser aprobados previamente por la Autoridad Sanitaria Competente. JSON
19319 Uruguay Reglamento Técnico MERCOSUR. Lista positiva de sustancias. Buenas Prácticas de Manufactura. JSON
19320 Uruguay Reglamento Técnico MERCOSUR. Lista positiva de sustancias. Buenas Prácticas de Manufactura. JSON
19321 Uruguay Adopta la Resolución Nº 38/09 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR. JSON
19322 Uruguay Reglamento Técnico Mercosur. Lista de sustancias colorantes permitidas en la elaboración del producto. JSON
19323 Uruguay Reglamento Técnico Mercosur. Sustancias que el producto no puede contener (excepto en las condiciones que se determinan en la norma). JSON
19324 Uruguay Requisitos de rotulado (arts. 1, 2 y 6). El Decreto Nº 117 de 21/04/06 declara aplicables en el derecho interno los "Reglamentos Técnicos MERCOSUR para Rotulación de Alimentos ENVASADOS (Resolución GMC No. 26/03), "Rotulación Nutricional de Alimentos Envasados (Resoluciones GMC Nos. 44/03 y 46/03) (ver NOTA al final del texto). JSON
19325 Uruguay Requisitos de rotulado. JSON
19326 Uruguay Requisitos de rotulado. JSON
19327 Uruguay Requisitos de rotulado. Se exceptúan los productos incluidos en en ANEXO II. El Decreto Nº 162/00 establece que la Dirección Nacional de Aduanas autorizará las importaciones de los productos a los que refiere la presente normativa a la mercadería etiquetada cuando el importador haya declarado en el Documento Unico Aduanero (DUA) que dichos productos se encuentran etiquetados de acuerdo con lo dispuesto por el Decreto 59/99. Cuando la mercadería no esté etiquetada de acuerdo a la normativa vigente, el importador deberá declarar la dirección en que la misma quedará depositada. En ese caso, el importador dispondrá de un plazo máximo de 60 (sesenta) días corridos contados a partir del día del desaduanamiento para dar cumplimiento a la obligación de etiquetado. Ver disposiciones adoptadas por el Decreto Nº 64 de 18/II/00 y el Decreto Nº 162 de 31/V/00 al final del texto. JSON
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