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Regulations

Id Country Name Repealed at
19328 Uruguay Requisitos de rotulado. JSON
19329 Uruguay Reglamento Técnico MERCOSUR sobre Rotulado Obligatorio General. JSON
19330 Uruguay Reglamento técnico MERCOSUR sobre la indicación de contenido neto. JSON
19331 Uruguay Reglamento Técnico MERCOSUR. Condiciones para el registro y rotulado de los productos. JSON
19332 Uruguay Reglamento Técnico MERCOSUR. Condiciones para el registro y rotulado de los productos. JSON
19333 Uruguay Requisitos de rotulado. Las advertencias sanitarias deberán ocupar el 80 % inferior de ambas caras principales de cajillas de cigarrillos, paquetes y envases de productos de tabaco (Artículo 1). JSON
19334 Uruguay Requisitos de rotulado. Deberán tener una etiqueta adherida que contenga la información indicada especificamente en la norma (Artículo 1). El importador presentará ante el Área de Defensa del Consumidor, una declaración jurada adjuntando a la misma la etiqueta en la forma indicada en el Artículo 3 de la Resolución Nº 156/09 del M.E.F.(Artículo 5). JSON
19335 Uruguay Requisitos de rotulado. Deberán tener una etiqueta adherida que contenga la información indicada especificamente en la norma (Artículo 1). El importador presentará ante el Área de Defensa del Consumidor, una declaración jurada adjuntando a la misma la etiqueta en la forma indicada en el Artículo 3 de la Resolución Nº 156/09 del M.E.F.(Artículo 5). JSON
19336 Uruguay Requisitos de etiquetado de eficiencia energética según Norma UNIT 1160. El requisito será obligatorio a los 18 meses contados a partir del 1/10/09 (arts. 1 y 4). JSON
19337 Uruguay Requisitos de etiquetado de eficiencia energética de conformidad con la Norma UNIT. Después de la primera etapa de adhesión voluntaria el requisito se volverá obligatorio (art. 2). JSON
19338 Uruguay Requisitos de etiquetado de eficiencia energética según Norma UNIT 1157. El requisito será obligatorio a los 18 meses contados a partir del 1/10/09 (arts. 1 y 4). JSON
19339 Uruguay Requisitos de etiquetado de eficiencia energética según norma UNIT 1138. El cumplimiento de este requisito es de caracter obligatorio a partir del 13/1/2012 (Resolución S/n de 5/12/2012). La Resolución S/n de 14/02/12 dispone ajustes a la reglamentación del etiquetado de eficiencia energética. Ver Nota al final del texto. JSON
19340 Uruguay Reglamento Técnico MERCOSUR de Identidad y Calidad de estos productos. Requisitos de higiene. Condiciones de conservación. Requisitos de rotulado. JSON
19341 Uruguay Reglamento Técnico MERCOSUR de Identidad y Calidad de estos productos. Requisitos de higiene. Condiciones de conservación. Requisitos de rotulado. JSON
19342 Uruguay Requisitos de envasado y etiquetado. Registro de Importadores. JSON
19343 Uruguay Requisitos de envasado y etiquetado. Registro de Importadores. JSON
19344 Uruguay Requisitos de envasado y etiquetado. Registro de Importadores. JSON
19345 Uruguay Requisito de etiquetado. JSON
19346 Uruguay Resolución 32/10 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR. Requisitos de envasado. Requisitos de ensayo. JSON
19347 Uruguay Resolución 32/10 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR. Requisitos de envasado. Requisitos de ensayo. JSON
19348 Uruguay Reglamento Técnico MERCOSUR. Auto inspecciones para verificar el cumplimiento de las buenas prácticas de frabricación y control en el área. JSON
19349 Uruguay Reglamento Técnico Mercosur GMC N° 31/012. Establece Buenas Prácticas de Fabricación. JSON
19350 Uruguay Requisitos de calidad (categorías, calibre, presentación) establecidos especificamente (art. 4º). Requisitos de envasado y etiquetado (art. 8º y 9º). Inspección, previo su ingreso al país por la Dirección de Sanidad Vegetal del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca a fin de verificar la calidad de los productos (art. 12º). Método de muestreo (art. 14º). Disposiciones especificas para: ananás, ajo, cebolla, pimientos dulces, tomates, zanahorias, papas. Ver NOTA al final del texto. JSON
19351 Uruguay Requisitos de calidad (categorías, calibre, presentación) establecidos especificamente (art. 4º). Requisitos de envasado y etiquetado (art. 8º y 9º). Inspección, previo su ingreso al país por la Dirección de Sanidad Vegetal del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca a fin de verificar la calidad de los productos (art. 12º). Método de muestreo (art. 14º). Disposiciones especificas para: ananás, ajo, cebolla, pimientos dulces, tomates, zanahorias, papas. Ver NOTA al final del texto. JSON
19352 Uruguay Reglamento Técnico MERCOSUR. 21-04-2022 JSON
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