Regulations
Id | Country | Name | Repealed at | |
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22479 | Chile | El envío deberá venir libre de suelo (Art. 4).Los frutos deberán venir libre de hojas, flores y restos vegetales (Art. 5). | 07-05-2022 | JSON |
22480 | Chile | El envío deberá venir en envases nuevos de primer uso (Art. 6). | 07-05-2022 | JSON |
22481 | Chile | El envío deberá venir y etiquetados o rotulados de acuerdo a la normativa vigente (Art. 6). | 07-05-2022 | JSON |
22482 | Chile | El envío deberá almacenarse y transportarse debidamente resguardado y sellado oficialmente, a fin de mantener su condición de certificación fitosanitaria (Art. 7). | 07-05-2022 | JSON |
22483 | Chile | Cada partida será inspeccionada por el Servicio, en el punto de ingreso para la verificación física y documental de los requisitos fitosanitarios establecidos para su importación (Art. 8). | 07-05-2022 | JSON |
22484 | Chile | Establece límites máximos de concentración de nitrosaminas (en ppm) permitidos en los productos que contienen el principio activo ranitidina (Art. 1). | JSON | |
22485 | Chile | La partida debe venir amparada por un Certificado Fitosanitario Oficial original delpaís de origen (Art. 2.1.1). | JSON | |
22486 | Chile | El envío debe encontrarse libre de suelo y otros restos vegetales (Art. 2.1.2). | JSON | |
22487 | Chile | Cuando se utilicen envases, éstos sean de primer uso, cerrados, resistentes a lamanipulación (2.1.3). | JSON | |
22488 | Chile | Etiquetados o rotulados de acuerdo con la normativa SAG vigente (Art. 2.1.3). | JSON | |
22489 | Argentina | Fíjase a las operaciones de exportación hacia la Argentina de las "máquinas y aparatos para soldar metal, exclusivamente a las correspondientes a la tecnología de arco sumergido (SAW)” y de las “máquinas y aparatos para soldar metal, de arco, exclusivamente trifásicas y de tipo inverter, con una corriente de intensidad igual o mayor a 500A (Amperios) y con un factor de servicio mínimo de 60% a 500A (Amperios)” un derecho antidumping AD VALOREM del CERO POR CIENTO (0 %) y para el resto de las “máquinas y aparatos para soldar metal, de arco, excepto los robotes de soldar” un derecho antidumping AD VALOREM del NOVENTA Y CUATRO COMA TREINTA Y NUEVE POR CIENTO (94,39 %). | JSON | |
22490 | Argentina | Declárase procedente la apertura de examen por expiración del plazo de vigencia de la medida antidumping (Art. 1). Mantiénense vigentes las medidas aplicadas (Art. 2). | JSON | |
22491 | Argentina | Fíjase un derecho AD VALOREM definitivo calculado sobre los valores FOB de exportación del CUARENTA Y SEIS POR CIENTO (46 %) para las operaciones de exportación hacia Argentina de “Motores de corriente alterna, monofásicos, asincrónicos, para una tensión superior o igual a 110 V pero inferior o igual a 240 V y de potencia superior o igual a 37,5 W (1/20HP) pero inferior o igual a 750 W (1HP), de los tipos utilizados en lavarropas” y del TREINTA POR CIENTO (30 %) para “Motores eléctricos universales, para una tensión superior o igual a 110 V pero inferior o igual a 240 V y de potencia superior o igual a 37,5 W (1/20HP) pero inferior o igual a 750 W (1HP),de los tipos utilizados en lavarropas”. | JSON | |
22492 | Argentina | Declárase procedente la apertura de examen por expiración de plazo de la medida antidumping impuesta (Art. 1). Mantiénense vigentes las medidas aplicadas (Art. 2). | JSON | |
22493 | Argentina | Fíjase a las operaciones de exportación hacia Argentina, un derecho AD VALOREM definitivo calculado sobre los valores FOB de exportación del NUEVE COMA CINCUENTA Y SIETE POR CIENTO (9,57 %) al exportador OCTAL SAOC FZC y de DIEZ COMA VEINTISIETE POR CIENTO (10,27 %) al resto de los exportadores del SULTANATO DE OMÁN (Art. 1). | JSON | |
22494 | Chile | Fíjanse las tarifas por las inspecciones que a solicitud de terceros practique el Servicio Agrícola y Ganadero, en cumplimiento de las funciones y atribuciones que la ley le encomienda (Art. 1). | JSON | |
22495 | Chile | Establece los tratamientos de fumigación para las diferentes plagas que se puedan presentar según cada producto (Art. 5). | JSON | |
22496 | Chile | El envío debe ser inspeccionado (Art. 2.2.1). | JSON | |
22497 | Chile | Las partidas de granos de trigo deberán ser transportadas debidamente resguardadas, acopiadas y embarcadas, para su exportación a Chile (Art. 2.2.1) | JSON | |
22498 | Chile | Se debe presentar Certificado Sanitario con las indicaciones correspondiente según el producto (Art. 1). | JSON | |
22499 | Chile | Establece requisito de Análisis de Riesgo de Plagas (ARP) (Art. 1). | JSON | |
22500 | Chile | Durante el proceso de fabricación, los productos indicados alcanzaron en su centro una temperatura de 80°C como mínimo, durante por lo menos 10 minutos (Art. 1). | JSON | |
22501 | México | Establece permiso ordinario y/o extraordinario de importación para las mercancías que se indican (Anexo). | JSON | |
22502 | México | Establece permiso ordinario y/o extraordinario de exportación para las mercancías que se indican (Anexo). | JSON | |
22503 | México | Establece inicio de investigación antidumping (Art. 1). | JSON |