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Id Country Name Repealed at
22797 Argentina apertura de investigación por presunto dumping en operaciones de exportación hacia la REPÚBLICA ARGENTINA de “Plaquitas de vidrio, incluso con soporte, para mosaicos o decoraciones similares” originarias de la REPÚBLICA DE TURQUÍA y el REINO DE TAILANDIA., mercadería que clasifica en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR 7016.10.00 (Art. 1). 20-08-2021 JSON
22798 Argentina Apertura de investigación por presunto dumping en operaciones de exportación hacia la REPÚBLICA ARGENTINA de “Rodamientos de bolas, radiales, de una hilera de bolas, de diámetro exterior superior o igual a 30 mm pero inferior o igual a 120 mm, y de más de 0,025 kg/un, excepto: los tipos como RST y los aro interior extendido” originarias de la REPÚBLICA DE LA INDIA , mercadería que clasifica en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR 8482.10.10. JSON
22799 Chile Requisito de contar con una Declaración Jurada del exportador para la exportación de ciertos metales preciosos (Art. 1). JSON
22800 México Inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones de tubería de acero sin costura originarias de China,independientemente del país de procedencia, que ingresan a través de las fracciones arancelarias 7304.19.02, 7304.19.91, 7304.19.99, 7304.39.12, 7304.39.13, 7304.39.91 y 7304.39.99 de la TIGIE (Punto 30). JSON
22801 México La cuota compensatoria definitiva del punto 3 de la Resolución, donde se refiere a una cuota compensatoria definitiva de $1,252 dólares por tonelada métrica, continuará vigente mientras se tramita el presente procedimiento de examen de vigencia (Punto 32). JSON
22802 México Se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de las cuotas compensatorias definitivas impuestas a las importaciones de productos de presfuerzo originarias de China, España y Portugal, independientemente del país de procedencia, que ingresan a través de las fracciones arancelarias 7217.10.02, 7312.10.01, 7312.10.05, 7312.10.07, 7312.10.08 y 7312.10.99 de la TIGIE (Punto 24). 12-08-2022 JSON
22803 México Las cuotas compensatorias definitivas que refiere el punto 1, donde se remite a una cuota compensatoria definitiva para las importaciones originarias de China, de 1.02 dólares por kilogramo; para las importaciones originarias de España, de 0.13 dólares por kilogramo para las provenientes de Global Special Steel Products, S.A.U. y para las demás empresas exportadoras, y para las importaciones originarias de Portugal, de 0.40 dólares por kilogramo, continuarán vigentes mientras se tramita el presente procedimiento de examen de vigencia (punto 26). 12-08-2022 JSON
22804 Perú Requiere permiso fitosanitario de importación emitido por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y embarque en el país de origen (Art. 1). JSON
22805 Perú Requisito de envases serán nuevos y de primer uso, resistentes al manipuleo, libres de cualquier material extraño al producto autorizado, debidamente rotulados con el nombre del producto y país de origen (Art. 1). JSON
22806 Perú Requisito de envases serán nuevos y de primer uso, resistentes al manipuleo, libres de cualquier material extraño al producto autorizado, debidamente rotulados con el nombre del producto y país de origen (Art. 1). JSON
22807 Perú Requisito de fumigación y tratamiento de pre embarque (Art. 1). JSON
22808 Perú Requisito de certificado fitosanitario oficial del país de origen (Art. 1). JSON
22809 Perú Requisito de inspección fitosanitaria en el punto de ingreso al país (Art. 1). JSON
22810 Perú Requisitos de condiciones de almacenamiento y transporte (Art. 1). JSON
22811 Perú Autorizar, excepcionalmente, la exportación de 824.001 m3 (ochocientos veinticuatro con 001/1000 metros cúbicos) de madera aserrada de la especie Swietenia macrophylla “Caoba”, determinado como saldo del Cupo Nacional de Exportación de madera de la especie Swietenia macrophylla King “Caoba” para el año 2019 (Art. 1). JSON
22812 Perú SUSPENDER por un periodo de ciento veinte (120) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral, la importación de equinos vivos que puedan transmitir o sirvan de vehículo del virus que causa la enfermedad de rinoneumonitis equina, procedentes de los países de Europa. JSON
22813 México Se declara concluido el procedimiento administrativo de examen de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de lámina rolada en caliente originarias de Rusia y Ucrania, independientemente del país de procedencia, que ingresan a través de las fracciones arancelarias 7208.10.03, 7208.26.01, 7208.27.01, 7208.38.01, 7208.39.01, 7225.30.07 y 7225.40.06 de la TIGIE (Punto 328). Se prorroga la vigencia de las cuotas compensatorias definitivas a que se refieren los puntos 3 y 5 de la presente Resolución por cinco años más, contados a partir del 29 de marzo de 2020 (Punto 329). JSON
22814 México Requisito de verificación de certificados requeridos para la exportación del producto (Apéndice B). JSON
22815 México Requisito de registro de unidades de producción de chile Yahualica (Punto 8). JSON
22816 México Requisitos para el proceso de producción de chile Yahualica (Apéndice C). JSON
22817 México Requisitos y especificaciones sobre la calidad y parámetros fisicoquímicos del chile Yahualica (Punto 6). JSON
22818 México Requisito de etiquetado y embalaje del chile Yahualica (Punto 7). JSON
22819 México Requisito y procedimiento de muestro de lotes de chile Yahualica (Punto 8.6). JSON
22820 México Requisito de inspección y verificación permanente insitu de lotes de chile Yahualica (Apéndice A y B) JSON
22821 México Requisito de certificación emitido por el organismo de certificación (Punto 8.4 y Apéndice B). JSON
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