Regulations
Id | Country | Name | Repealed at | |
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1584 | Brasil | Reglamento Técnico que fija la Identidad y Calidad de los productos. Requisitos de rotulado (ANEXO I, num 1 y 8). | JSON | |
1585 | Brasil | Reglamento Técnico que fija la Identidad y Calidad de los productos. Requisitos de rotulado (ANEXO I, num 1 y 8). | JSON | |
1586 | Brasil | Reglamento Técnico que establece la identidad y calidad de los productos. Requisitos de embalaje. Requisitos de rotulado (ANEXO, num 6 y 7). | JSON | |
1587 | Brasil | Reglamento Técnico que establece la identidad y calidad de los productos. Requisitos de embalaje. Requisitos de rotulado (ANEXO, num 6 y 7). | JSON | |
1588 | Brasil | Reglamento Técnico sobre el uso de estos productos. Ver texto completo del Reglamento en el sitio web: www.anvisa.gov.br | JSON | |
1589 | Brasil | Reglamento Técnico que fija los patrones de Identidad y Calidad de los productos. Requisitos de rotulado (ANEXO I, num 7). Toma de muestras (ANEXO II). | JSON | |
1590 | Brasil | Reglamento Técnico que fija los patrones de Identidad y Calidad de los productos. Requisitos de rotulado (ANEXO I, num 7). Toma de muestras (ANEXO II). | JSON | |
1591 | Brasil | Reglamento Técnico de Identidad y Calidad del producto. Requisitos de higiene. Requisitos de rotulado (ANEXO, num 7 y 9). | JSON | |
1592 | Brasil | Reglamento Técnico de Identidad y Calidad del producto. Requisitos de higiene. Requisitos de rotulado (ANEXO, num 7 y 9). | JSON | |
1593 | Brasil | Reglamento Técnico de Identidad y Calidad del producto. (Ver texto completo del Reglamento en el sitio web: www.agricultura.gov.br). | JSON | |
1594 | Brasil | Reglamento Técnico de Identidad y Calidad del producto. Requisitos de higiene (ANEXO, num 7). | JSON | |
1595 | Brasil | Reglamento Técnico que fija los patrones de identidad y calidad de las Aves Condimentadas. Ver texto del Reglamento en el sitio web: www.agricultura.gov.br | 01-06-2018 | JSON |
1596 | Brasil | Reglamento Técnico sobre requisitos de composición y rotulado de los productos (arts. 2 y 20). | JSON | |
1597 | Brasil | Reglamento Técnico sobre requisitos de composición y rotulado de los productos (arts. 2 y 20). | JSON | |
1598 | Brasil | Inspección de las industrias extranjeras fabricantes de productos de origen animal, a cargo del DEPARTAMENTO DE INSPECCION DE PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL - DIPOA - a efectos de otorgarles la habilitación como establecimientos autorizados a exportar a Brasil. Los interesados en exportar a Brasil deberán cumplir los requisitos previstos en la legislación y reglamentos brasileños específicos, relativos a las condiciones de las instalaciones físicas, equipamientos, aplicación de BUENAS PRACTICAS DE FABRICACION y adopción de metodologías de garantía de inocuidad de los alimentos, recomendadas por el Codex Alimentarius. El DIPOA divulgará la lista de establecimientos acreditados y de los productos autorizados (ANEXO, num 1 y 4). | 27-09-2018 | JSON |
1599 | Brasil | Reglamento Técnico - Criterios Generales y Clasificación de Materiales para Envases y Equipos en Contacto con Alimentos, compatibilizando la legislación nacional con la normativa aprobada en el MERCOSUR. Buenas Prácticas de Fabricación (ANEXO, num. 3.1). | JSON | |
1600 | Brasil | Reglamento Técnico - Criterios Generales y Clasificación de Materiales para Envases y Equipos en Contacto con Alimentos, compatibilizando la legislación nacional con la normativa aprobada en el MERCOSUR. Buenas Prácticas de Fabricación (ANEXO, num. 3.1). | JSON | |
1601 | Brasil | Establece medidas fitosanitarias que debe cumplir el producto: requisitos durante la producción, manejo de plagas, etc. | JSON | |
1602 | Brasil | Establece medidas fitosanitarias que debe cumplir el producto: requisitos durante la producción, manejo de plagas, etc. | JSON | |
1603 | Brasil | Establece medidas fitosanitarias que debe cumplir el producto: requisitos durante la producción, manejo de plagas, etc. | JSON | |
1604 | Brasil | Establece medidas fitosanitarias que debe cumplir el producto: requisitos durante la producción, manejo de plagas, etc. | JSON | |
1605 | Brasil | Directrices generales para la erradicación del Virus. Habilitación por parte del MAPA de la empresa exportadora. La carne debe ser sometida a un proceso de maduración sanitaria en temperatura superior a +2°C, durante un período de por lo menos 24 horas (Art. 43). Se permite la importación de animales cuando procedan de países o regiones que figuran en la Lista de Países Libres publicada por la OIE (CAPÍTULO VIII art. 42). Se permite la importación de carne fresca deshuesada siempre que cumpla con las exigencias sanitarias especificadas en el artículo 43 de la norma. | JSON | |
1606 | Brasil | Directrices generales para la erradicación del Virus. Habilitación por parte del MAPA de la empresa exportadora. La carne debe ser sometida a un proceso de maduración sanitaria en temperatura superior a +2°C, durante un período de por lo menos 24 horas (Art. 43). Se permite la importación de animales cuando procedan de países o regiones que figuran en la Lista de Países Libres publicada por la OIE (CAPÍTULO VIII art. 42). Se permite la importación de carne fresca deshuesada siempre que cumpla con las exigencias sanitarias especificadas en el artículo 43 de la norma. | JSON | |
1607 | Brasil | Medidas Fitosanitarias de Mitigación de Riesgo - SMR para la plaga Cydia pomonella. Técnicos del Departamento de Sanidad Vegetal - DSV, realizarán la inspección en territorio argentino (art. 1º). | JSON | |
1608 | Brasil | Medidas Fitosanitarias de Mitigación de Riesgo - SMR para la plaga Cydia pomonella. Técnicos del Departamento de Sanidad Vegetal - DSV, realizarán la inspección en territorio argentino (art. 1º). | JSON |