Regulations
Id | Country | Name | Repealed at | |
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19649 | Venezuela | Permiso Previo de Importación emitido en forma conjunta por los Ministerios encargados del ambiente y de la salud, la cual se regirá de conformidad con los procedimientos y normas técnicas correspondientes (Art. 64). | JSON | |
19650 | Venezuela | Autorización Previa emitida por el Ministerio de Energía y Petróleo (art. 15). Registro Sanitario de la empresa otorgado por la Controlaría Sanitaria. Certificado de Libre venta en el origen consularizado. Certificado de prácticas de buena fabricación o manufactura (art. 16, num. 6). | JSON | |
19651 | Venezuela | Autorización Previa emitida por el Ministerio de Energía y Petróleo (art. 15). Registro Sanitario de la empresa otorgado por la Controlaría Sanitaria. Certificado de Libre venta en el origen consularizado. Certificado de prácticas de buena fabricación o manufactura (art. 16, num. 6). | JSON | |
19652 | Venezuela | Autorización Previa emitida por el Ministerio de Energía y Petróleo (art. 15). Registro Sanitario de la empresa otorgado por la Controlaría Sanitaria. Certificado de Libre venta en el origen consularizado. Certificado de prácticas de buena fabricación o manufactura (art. 16, num. 6). | JSON | |
19653 | Venezuela | Autorización Previa emitida por el Ministerio de Energía y Petróleo (art. 15). Registro Sanitario de la empresa otorgado por la Controlaría Sanitaria. Certificado de Libre venta en el origen consularizado. Certificado de prácticas de buena fabricación o manufactura (art. 16, num. 6). | JSON | |
19654 | Venezuela | Permiso Previo de Importación emitido por el Ministerio del Poder Popular para la Salud. Licencia del farmacéutico regente expedida por dicho organismo (Art. 44, 45). | JSON | |
19655 | Venezuela | Registro del importador y del producto en el Ministerio de Agricultura y Cría (art. 8). A los efectos del registro el interesado deberá presentar los informes y datos requeridos especificamente. Certificación del permiso de libre venta en el país de origen otorgado por la institución oficial que lo expide (art. 9). | JSON | |
19656 | Venezuela | Registro del importador y del producto en el Ministerio de Agricultura y Cría (art. 8). A los efectos del registro el interesado deberá presentar los informes y datos requeridos especificamente. Certificación del permiso de libre venta en el país de origen otorgado por la institución oficial que lo expide (art. 9). | JSON | |
19657 | Venezuela | Registro del importador y del producto en el Ministerio de Agricultura y Cría (art. 8). A los efectos del registro el interesado deberá presentar los informes y datos requeridos especificamente. Certificación del permiso de libre venta en el país de origen otorgado por la institución oficial que lo expide (art. 9). | JSON | |
19658 | Venezuela | Requisitos mínimos de calidad que deben cumplir las semillas importadas (art. 8). Los importadores deberán estar inscriptos como comerciantes en el Servicio Nacional del Semillas (art. 6). Requisitos de etiquetado y envasado (arts. 4, 10 y 11). | JSON | |
19659 | Venezuela | Requisitos mínimos de calidad que deben cumplir las semillas importadas (art. 8). Los importadores deberán estar inscriptos como comerciantes en el Servicio Nacional del Semillas (art. 6). Requisitos de etiquetado y envasado (arts. 4, 10 y 11). | JSON | |
19660 | Venezuela | Requisitos mínimos de calidad que deben cumplir las semillas importadas (art. 8). Los importadores deberán estar inscriptos como comerciantes en el Servicio Nacional del Semillas (art. 6). Requisitos de etiquetado y envasado (arts. 4, 10 y 11). | JSON | |
19661 | Venezuela | Inscripción del importador en el Registro Sanitario Nacional que lleva la Dirección de Regulación y Control de Materiales, Equipos, Establecimientos y Profesionales de Salud (art. 1). Certificación de Libre Venta del producto, expedida por la autoridad sanitaria del país de origen, debidamaente legalizada para su validez en Venezuela (art. 2). El Registro tendrá una validez de 5 años a partir de su expedición, pudiendo ser renovado a petición del interesado (art. 3). | JSON | |
19662 | Venezuela | Inscripción del importador en el Registro Sanitario Nacional que lleva la Dirección de Regulación y Control de Materiales, Equipos, Establecimientos y Profesionales de Salud (art. 1). Certificación de Libre Venta del producto, expedida por la autoridad sanitaria del país de origen, debidamaente legalizada para su validez en Venezuela (art. 2). El Registro tendrá una validez de 5 años a partir de su expedición, pudiendo ser renovado a petición del interesado (art. 3). | JSON | |
19663 | Venezuela | Registro del producto ante la División de Insumos Pecuarios del Servicio Autónomo de Sanidad Agropecuaria, del Ministerio de la Producción y el Comercio (arts. 20 y 21). Certificado de LIBRE VENTA en el país de origen. Contrato de autorización del fabricante o elaborador (art. 26, num 11). Inscripción del importador en el Registro Unico de Importadores (art. 4). Requisitos de rotulado (arts. 36 a 41). | JSON | |
19664 | Venezuela | Registro del producto ante la División de Insumos Pecuarios del Servicio Autónomo de Sanidad Agropecuaria, del Ministerio de la Producción y el Comercio (arts. 20 y 21). Certificado de LIBRE VENTA en el país de origen. Contrato de autorización del fabricante o elaborador (art. 26, num 11). Inscripción del importador en el Registro Unico de Importadores (art. 4). Requisitos de rotulado (arts. 36 a 41). | JSON | |
19665 | Venezuela | Registro del producto ante la División de Insumos Pecuarios del Servicio Autónomo de Sanidad Agropecuaria, del Ministerio de la Producción y el Comercio (arts. 20 y 21). Certificado de LIBRE VENTA en el país de origen. Contrato de autorización del fabricante o elaborador (art. 26, num 11). Inscripción del importador en el Registro Unico de Importadores (art. 4). Requisitos de rotulado (arts. 36 a 41). | JSON | |
19666 | Venezuela | Registro del producto ante la División de Insumos Pecuarios del Servicio Autónomo de Sanidad Agropecuaria, del Ministerio de la Producción y el Comercio (arts. 20 y 21). Certificado de LIBRE VENTA en el país de origen. Contrato de autorización del fabricante o elaborador (art. 26, num 11). Inscripción del importador en el Registro Unico de Importadores (art. 4). Requisitos de rotulado (arts. 36 a 41). | JSON | |
19667 | Venezuela | Registro del Importador ante el Ministerio de la Produción y el Comercio (art. 58). | JSON | |
19668 | Venezuela | Registro del Importador en el Instituto Nacional de Semillas y Material para Reproducción Animal (art. 20). Certificado de Origen conformado por la autoridad nacional competente del país respectivo, en el cual conste que no porta ninguna enfermedad actual o potencial, su inocuidad biológica y ambiental (art. 25). Requisitos de cuarentena (art. 26). | JSON | |
19669 | Venezuela | Registro del Importador en el Instituto Nacional de Semillas y Material para Reproducción Animal (art. 20). Certificado de Origen conformado por la autoridad nacional competente del país respectivo, en el cual conste que no porta ninguna enfermedad actual o potencial, su inocuidad biológica y ambiental (art. 25). Requisitos de cuarentena (art. 26). | JSON | |
19670 | Venezuela | Las pruebas de bioseguridad se podrán realizar con ocasión de las evaluaciones de identidad, calidad y desempeño agroproductivo de acuerdo con la normativa que al efecto dicte el Instituto Nacional de Semillas y Material para Reproducción Animal (art. 15). | JSON | |
19671 | Venezuela | Registro de la empresa importadora ante la Dirección General de Salud Ambiental y Contraloría Sanitaria (art. 4). | JSON | |
19672 | Venezuela | Registro de la empresa importadora en el Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales (art. 9). Carta de Consentimiento expedida en el país exportador por la autoridad competente, manifestando su conocimiento sobre la exportación y confirmando que la sustancia fue producida en el país. La importación solo puede realizarse desde países productores signatarios del Protocolo de Montreal (art. 8). | JSON | |
19673 | Venezuela | Reglamento Técnico. Requisitos mínimos que deben cumplir los productos. Requisitos de rotulado (art. 3). Inscripción del Importador en el Registro de Productos Nacionales e Importados del Servicio Autónomo Nacional de Normalización, Calidad, Metrología y Reglamentos Técnicos, (SENCAMER) (art. 6). | 13-05-2024 | JSON |